Incendios en La Araucanía - 20 de Abril de 2018 - El Mercurio - Noticias - VLEX 713445521

Incendios en La Araucanía

El Tribunal Oral en lo Penal de Temuco dio a conocer el veredicto condenatorio de dos comuneros mapuches por el incendio de una iglesia evangélica en la comuna de Padre Las Casas el año 2016. Si bien resta por conocer el contenido del fallo, que será evacuado la próxima semana, ya es claro que se ha desechado la calificación del ilícito como un delito terrorista siendo tratado como un incendio común. El argumento que se vislumbra ya en la lectura del veredicto es que no ha sido posible probar más allá de toda duda razonable, para la calificación del acto como terrorista, el elemento subjetivo de dicho delito, esto es "la intención existente en los autores de estos hechos de causar temor en la población, o en una parte de ella, con la finalidad de doblegar sus voluntades". Si bien es necesario esperar el fallo, será interesante ver el análisis probatorio, especialmente en el ámbito de los indicios, pues evidentemente hechos consistentes en atacar una iglesia en medio de un culto, amenazando con armas a los fieles hombres, mujeres y niños para luego prenderle fuego a la iglesia, no parece cuadrar mucho con un mero delito contra la propiedad por destrucción como es el incendio.

Esto parece confirmar las permanentes dificultades que la tipificación del delito terrorista acarrea por estar anclado a un elemento subjetivo que consiste en la intención del autor de producir temor en los demás. Este aspecto -radicado por su propia naturaleza en el ámbito de las intenciones- no puede probarse directamente, sino que debe acreditarse a través de indicios; es decir, debe desprenderse del resto del análisis de la prueba, como las circunstancias de la comisión, las declaraciones de los testigos y las palabras proferidas por los autores...

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