Decisión nº C1015-14, de Consejo de Transparencia de 4 de Junio de 2014 - Doctrina Administrativa - VLEX 544593030

Decisión nº C1015-14, de Consejo de Transparencia de 4 de Junio de 2014

Fecha de Resolución 4 de Junio de 2014
TipoDocumentos Oficiales
MateriaPresupuesto y Finanzas
TemaEconomía y Finanzas

DECISIÓN AMPARO ROL C1015-14

Entidad pública: Dirección de Presupuestos (DIPRES).

Requirente: Ignacio Parot Morales.

Ingreso Consejo: 27.05.2014.

En sesión ordinaria N° 527 de su Consejo Directivo, celebrada el 04 de junio de 2014, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información pública Rol C1015-14.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) Que, con fecha 02 de abril de 2014, don Ignacio Parot Morales realizó una presentación a la DIPRES, a través de la cual solicitó los documentos técnicos con que se estimaron cada uno de los números incluidos en el Informe Financiero, relativo al proyecto de reforma tributaria del Gobierno, ingresado al Congreso el 1° de abril de 2014. Además, aclaró que por "documentos técnicos" se refiere a las minutas, donde se detalla la metodología que se utilizó en la estimación de cada valor, así como los supuestos que se tuvieron que tomar en el proceso.

2) Que, con fecha 28 de abril pasado, la DIPRES le dio respuesta a don Ignacio Parot Morales y le informó que su solicitud ha sido derivada al Servicio de Impuestos Internos (SII), organismo que a su juicio, es competente para ocuparse de la misma, conforme lo establece el artículo 13 de la Ley de Transparencia...

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