I.final n° 246-19 inst. de neurocirugía dr. alfonso asenjo-auditoria a los gastos en personal-julio 2019 - Doctrina Administrativa - VLEX 816772809

I.final n° 246-19 inst. de neurocirugía dr. alfonso asenjo-auditoria a los gastos en personal-julio 2019

Fecha04 Julio 2019
Número de informe246/2019
EmisorI Contraloría Regional Metropolitana de Santiago

OBJETIVO

La fiscalización tuvo por objeto practicar una auditoría al cumplimiento de las normas legales y reglamentarias relativas al gasto en remuneraciones correspondiente a las leyes N°s 15.076 y 19.664, en el Instituto de Neurocirugía Dr. Alfonso Asenjo, devengado y pagado durante el último trimestre del año 2018, pudiendo en algunos casos, abarcar meses anteriores y/o posteriores, según se considere necesario.
La revisión tuvo por finalidad constatar que los gastos imputados al proceso de remuneraciones se hayan ajustado a la normativa que regula la materia, corroborando que los montos pagados se encuentran debidamente documentados y registrados; comprobando la veracidad y fidelidad de las cuentas relacionadas; la autenticidad de la documentación de respaldo y la exactitud de las operaciones aritméticas y de contabilidad.

CONCLUSIONES

- Se verificaron pagos improcedentes de remuneraciones asociados a incumplimientos de la jornada laboral profesionales con inexistencia de marcaciones de ingreso y/o salida; o bien, con atrasos, salidas anticipadas y/o ausencias injustificadas, correspondientes a 960 horas y 14 días de ausencias injustificadas, equivalentes a $ 17.193.863 y $ 1.565.558, respectivamente, lo que totaliza $ 18.759.421, y pagos improcedentes por concepto de asignación de responsabilidad establecida en la ley N° 19.664, por un monto de $ 2.424.042, respecto de los cuales la entidad auditada deberá adoptar las medidas correspondientes para obtener el reintegro de las referidas sumas pagadas en exceso, informando de ello a esta Entidad Fiscalizadora en el plazo de 60 días hábiles, contado desde la recepción de este informe final. Lo anterior, sin perjuicio del derecho que les asiste a los funcionarios el ejercicio de las facultades contempladas en el artículo 67 de la ley N° 10.336. En caso de no acreditarse tal reintegro, esta Entidad de Control interpondrá el respectivo reparo, en virtud de lo prescrito en los artículos 95 y siguientes de la ley N° 10.336, de Organización y Atribuciones de la Contraloría General, teniendo presente, además, lo consignado en el artículo 116 del mismo texto legal.
A su vez, el hospital deberá ampliar el análisis a toda la institución y años susceptibles de regularizar del posible incumplimiento de la jornada laboral y eventuales pagos improcedentes por concepto de la citada asignación de responsabilidad establecida en la ley N° 19.664, de cuyo estudio deberá, de resultar procedente, adoptar las medidas...

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