I final 552-2019 servicio de salud metropolitano occidente sobre eventual escasez y falta de productos pertenecientes al programa nacional de alimentación complementaria en los centros de salud familiar de la comuna de cerro navia - Doctrina Administrativa - VLEX 816772141

I final 552-2019 servicio de salud metropolitano occidente sobre eventual escasez y falta de productos pertenecientes al programa nacional de alimentación complementaria en los centros de salud familiar de la comuna de cerro navia

Fecha25 Septiembre 2019
Número de informe552/2019
EmisorI Contraloría Regional Metropolitana de Santiago

OBJETIVO

Efectuar una investigación especial sobre los hechos denunciados por el Alcalde de la Municipalidad de Cerro Navia, en presentación N° 182.163, de 15 de mayo de 2019, relacionada con eventuales retrasos en la entrega de alimentos pertenecientes al Programa Nacional de Alimentación Complementaria, PNAC, lo que habría provocado escasez y quiebre de stock en los centros de salud familiar, CESFAM, de esa comuna, en el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de mayo de 2019.

CONCLUSIONES

Principales Resultados:
• Se detectaron períodos de escasez y falta de stock de los productos Leche Purita Fortificada (LPF) y Leche Purita Cereal (LPC), en los CESFAM de la comuna de Cerro Navia, debido a la existencia de lotes de dichos productos retenidos por fallas organolépticas, y respecto de los cuales se habían recibido 2 o más reclamos por parte de los beneficiarios.
Además, se constató el retraso en la renovación del contrato de LPF suscrito con el proveedor Watt´s S.A., en circunstancias que la Gestora de Abastecimiento del Departamento de Compras y Contratos de la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud, CENABAST, había informado dicha situación al jefe del Departamento de Nutrición y Alimentos, DNA, que depende de la División de Políticas Públicas Saludables y Promoción, DIPOL, mediante correo electrónico de 30 de abril de 2019. Lo anterior provocó problemas de abastecimiento en esa zona durante la primera semana del mes de mayo.
Por lo anterior, la Subsecretaría de Salud Pública deberá instruir un sumario administrativo con el fin de determinar las eventuales responsabilidades, remitiendo a esta Contraloría Regional, en un plazo 15 días hábiles contados desde la recepción del presente informe, copia del acto administrativo que lo ordene y designe fiscal.
• Se advirtió que la CENABAST no mantiene un control sobre las distribuciones de productos del PNAC, toda vez que solo se obliga al proveedor a entregar antecedentes en una planilla de cálculos cuya información no es posible de cruzar con los documentos de venta que emite el sistema institucional SAP.
Al respecto, la Central indicó que, en conjunto con el...

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