Generalidades - - - Partición de bienes - Libros y Revistas - VLEX 844825933

Generalidades

AutorEric Andrés Chávez Chávez
Cargo del AutorAbogado
Páginas7-8
Partición de Bienes
7
Capítulo I
GENERALIDADES
NOCIONES GENERALES.
La partición tiene por objeto poner fin al ESTADO DE
INDIVISIÓN que se presenta cuando dos o más personas tienen
derecho de cuota sobre una misma cosa, siempre que dichos
derechos sean de la MISMA NATURALEZA.
Así, si dos personas adquieren un inmueble en común, existe
copropiedad respecto de él, pero, por ejemplo, en el usufructo no
existe copropiedad, pues, el nudo propietario y el usufructuario
tienen derechos de naturaleza distinta.
La indivisión se clasifica en:
1.- A título singular.
2.- A título universal.
Esta clasificación está enunciada precisamente en el art.1317
del Código Civil (que encabeza el título: "De la partición de bienes"),
al decir: "ninguno de los coasignatarios de una cosa universal o
singular...".
Cuando la indivisión recae sobre COSA SINGULAR,
hablamos de copropiedad.
En tanto que si recae sobre una UNIVERSALIDAD, se habla
de comunidad.
Para el Código Civil, esta indivisión es un estado transitorio
que termina a través de la partición de bienes, llegando al dominio
individual.
Durante la indivisión, cada indivisario tiene derecho de
cuota sobre los bienes indivisos,derecho que no se radica en
bien determinado ni parte determinada.
CONCEPTO.
󰜝Conjunto complejo de actos encaminados a poner fin al
estado de indivisión mediante la liquidación y distribución entre los
copartícipes del caudal poseído pro indiviso, en partes o lotes que
guarden proporción con los derechos cuotativos de cada uno de
ellos󰜞 (Manuel Somarriva Undurraga).

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