Funcionamiento del MEPCO
Autor | Soledad Monge A. |
Cargo | Ingeniera Comercial con Mención en Economía en la Universidad de Chile. Actualmente se desempeña como investigadora de Libertad y Desarrollo. |
Páginas | 7-10 |
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MAYO 2022 / SERIE INFORME ECONÓMICO 299
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Los impuestos vigentes que aplican a los combustibles
son de dos tipos: Impuesto al Valor Agregado (IVA) e
Impuestos Especícos a los Combustibles (IEC)4. El
IVA es del 19% del valor del combustible y los IEC se
constituyen de una base y un componente variable. El
componente base es especíco al tipo de combustible,
como se muestra a continuación:
-Gasolina automotriz (en todos sus octanajes): 6,0
UTM por m3.
-Petróleo diésel: 1,5 UTM por m3.
-Gas natural comprimido: 1,93 UTM por 1.000 m3.
-Gas licuado de petróleo: 1,40 UTM por m3.
Por su parte, el componente variable corresponde a un
monto que se suma (o resta, según corresponda) al com-
ponente base del IEC y que es determinado a través del
Mecanismo de Estabilización de Precios de Combusti-
bles (MEPCO), con el objetivo de suavizar las bajas (al-
zas) de los precios que pagan los consumidores.
En primer lugar, se ja un precio de referencia, conside-
rando precios históricos y de los mercados de futuros,
de manera tal que el precio de paridad de importación
no esté por sobre ni bajo el 5% del precio de referencia.
Luego, se establece un monto máximo para evitar que el
precio salte drásticamente de una semana a otra.
2. FUNCIONAMIENTO DEL MEPCO
4. Los Impuestos Especícos a los Combustibles fueron establecidos en la Ley Nº18.502 de 1986. En especíco, rige para los precios de venta
de la gasolina automotriz (independiente de su octanaje), del petróleo diésel, del gas natural comprimido y del gas licuado de petróleo (estos
dos últimos, en su formato de consumo vehicular).
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