Funas: ¿conflicto de derechos entre la libertad de expresión y el derecho a la honra? (SCS Rol 58.531-2020) - Núm. 17, Enero 2021 - Sentencias destacadas - Libros y Revistas - VLEX 918123622

Funas: ¿conflicto de derechos entre la libertad de expresión y el derecho a la honra? (SCS Rol 58.531-2020)

AutorHerman Rojas Montecinos, Karina Henríquez Castillo
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Funas: ¿Conflicto de derechos entre... / Karina Henríquez Castillo - Herman Rojas Montecinos
FUNAS: ¿CONFLICTO DE DERECHOS
ENTRE LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN Y EL
DERECHO A LA HONRA?
(SCS ROL 58.531 – 2020)
Kar i na Hen q ue z ca S ti ll oKar i na Hen q ue z ca S ti ll o11
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RESUMEN. Este trabajo realiza un análisis crítico de la sentencia rol Nº 58.531-2020
de la Corte Suprema que acoge el recurso de protección interpuesto por una persona que
fue objeto de una “funa” a través de una red social, por estimar que en este caso existe
un conflicto de derechos entre la libertad de expresión y el derecho a la honra, debiendo
primar este último porque la publicación afectó el buen nombre del actor. Sin embargo,
en la especie no existe colisión de derechos porque las expresiones vertidas sólo tuvieron
por fin denostar al recurrente, de modo que la libertad de expresión no fue ejercida
legítimamente, no mereciendo amparo constitucional.
PALABRAS CLAVE. Libertad de expresión, libertad de información, derecho a la honra,
conflicto de derechos, ejercicio legítimo de derechos, delimitación de derechos.
SUMARIO. 1. Introducción. 2. Contenido de la sentencia. 2.1. La sentencia analizada. 2.2. La
jurisprudencia en casos similares. 3. Análisis crítico de la sentencia. 3.1. La sentencia no señala el
acto ilegal o arbitrario de la recurrido. 3.2. No existe un conflicto real de derechos sino un ejercicio
ilegítimo de la garantía en colisión con el derecho a la honra. 3.2.1. En la sentencia no se delimi-
tan los derechos que estarían en conflicto. 3.2.2. Como la libertad de expresión y la libertad de
información no fueron ejercidas legítimamente, no es necesaria la ponderación de derecho. 3.2.3.
La ausencia de justificación de la sentencia no es inocua, aunque se llegue al mismo resultado. 3.3.
Posibilidad de que alguna vez exista un real conflicto de derechos entre la libertad de expresión y el
derecho a la honra en las publicaciones realizadas por redes sociales. 4. Conclusiones.
1. INTRODUCCIÓN
Las redes sociales constituyen una instancia de comunicación entre las
personas y permiten que cualquiera que lo desee pueda acceder a ellas
en forma rápida y fácil, además de conocer los hechos y las noticias casi
1 Abogada Pontificia Universidad Católica de Chile. Magister en Derecho Constitucional Pontificia
Universidad Católica de Chile.
2 Abogado Pontificia Universidad Católica de Chile. Magister en Derecho Constitucional Pontifica
Universidad Católica de Chile.
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Sentencias Destacadas 2020
instantáneamente e, incluso, colaborar con el contenido de la información
que se está transmitiendo.
Sin embargo, esta masividad e inmediatez también puede generar tensiones
entre el derecho a la honra y la libertad de expresión o la de información. Eso,
precisamente, es lo que ocurre con las denominadas funas, que se producen
cuando una persona decide publicar un relato sobre las actuaciones de otra,
con el fin de afectar su buen nombre y lograr el repudio generalizado de los
demás usuarios.
La sentencia que se comentará en este artículo se refiere justamente a eso, a
una funa realizada a través de la red social Instagram que fue objeto de una
acción de protección en contra de quien efectuó esa publicación, recurso que
fue acogido por la Corte Suprema por considerar que se perturbaba el derecho
a la imagen y el derecho a la honra del “funado”.
En el presente artículo realizaremos un análisis crítico de este fallo, especial-
mente respecto del conflicto de derechos que, según la Corte Suprema, existi-
ría entre la libertad de expresión y el derecho a la honra.
2. CONTENIDO DE LA SENTENCIA
Comenzaremos con un resumen de los antecedentes más relevantes que nos
permitirán hacer el debido análisis de la sentencia. Primero, detallaremos bre-
vemente el contexto y el contenido de ese fallo, para luego referirnos a lo que
ha resuelto la Corte Suprema en casos similares.
2.1. La sentencia analizada
El 4 de diciembre de 2019, Nicolás Mendoza (en adelante e indistintamente
el “recurrente” o el “actor”) interpuso un recurso de protección ante la Corte
de Apelaciones de Concepción en contra de Carolina Ramírez (en adelante
la “recurrida”) por el acto de publicar en la plataforma o red social Instagram
una foto del recurrente acompañada de un relato en el que le imputaba haber
cometido abuso sexual en su contra. En este contexto, la recurrida reconoció
haber realizado la referida publicación, señalando que el contenido de lo allí
denunciado era verídico y que, en paralelo, se encontraba preparando una que-
rella por el respectivo delito.
La Corte de Apelaciones de Concepción rechazó este recurso, afirmando que el
derecho a la honra y al honor no son derechos absolutos. Por ello, para la Cor-
te, el ordenamiento jurídico consagraría un espectro amplio para la libertad

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