Franja de seguridad y obligaciones de poda y corta del concesionario eléctrico: observaciones a propósito de los pliegos técnicos normativos RPTD - Núm. 57, Noviembre 2021 - Revista de Derecho - Libros y Revistas - VLEX 912420532

Franja de seguridad y obligaciones de poda y corta del concesionario eléctrico: observaciones a propósito de los pliegos técnicos normativos RPTD

AutorAdolfo Andrés Wegmann Stockebrand
CargoPontificia Universidad Católica de Chile
Páginas165-195

Revista de Derecho núm.  (): -
Pontificia Universidad Católica de Valparaíso
 ./S--
  de agosto de  ·   de diciembre de 
Artículos de investigación
Franja de seguridad y obligaciones de
poda y corta del concesionario eléctrico:
Observaciones a propósito de los Pliegos
Técnicos Normativos RPTD
Safety Strip and Obligations of Pruning and Cutting of the Electrical
Concessionaire: Remarks regarding the RPTD Normative Technical
Specifications
Adolfo Wegmann Stockebrand
Pontificia Universidad Católica de Chile

El presente artículo aborda los problemas dogmáticos y prácticos que plantean
los Pliegos Técnicos Normativos RPTD n.º  y  con respecto a la franja de
seguridad y su relación con la franja de servidumbre, por una parte, y a la
extensión de las obligaciones de poda y corta del concesionario eléctrico, por
otra. Se propone que dichas obligaciones se circunscriban a los límites de la
franja de servidumbre, aun cuando éstos sean más reducidos que aquellos de
la franja de seguridad.
 
Concesionario eléctrico · franja de seguridad · obligación de poda y corta ·
pliegos técnicos normativos.

is paper addresses the dogmatic and practical problems raised by the RPTD
n.º  and  Normative Technical Specifications, concerning the safety strip
in relation with the easement strip, on the one hand, and the extension of
the obligations of pruning and cutting of the electrical concessionaire, on
the other hand. It is proposed that these obligations should be limited by the
edges of the easement strip, even though these are smaller than those of the
safety strip.
 
Electrical concessionaire · normative technical specifications · obligation of
pruning and cutting · safety strip.

Wegmann Stockebrand, A.
Franja de seguridad y obligaciones de poda y corta del concesionario eléctrico

I. I
El  de marzo de  entraron en vigencia los denominados Pliegos
Técnicos Normativos (“RPTD”), dictados por la Superintendencia de
Electricidad y Combustibles (“SEC”) mediante Resolución Exenta n.º
., de  de septiembre de , previa aprobación de la Comisión
Nacional de Energía según lo exige la Ley General de Servicios Eléctricos
(“LGSE”), y cuyo objetivo general es detallar el contenido de ciertas
exigencias ya establecidas en normas legales y reglamentarias en materia
de diseño, construcción, puesta en servicio, operación, mantenimiento y
seguridad de las instalaciones eléctricas. Lo anterior, de conformidad a lo
dispuesto en el artículo  del Reglamento de Seguridad de las Instalaciones
Eléctricas destinadas a la Producción, Transporte, Prestación de Servicios
Complementarios, Sistemas de Almacenamiento y Distribución de
Energía Eléctrica (“RSIE”), que dividió las materias a tratar en diecisiete
pliegos.
Con esto, ha dejado definitivamente de regir como norma técnica el
Reglamento de Instalaciones Eléctricas de Corrientes Fuertes (“RIECF”),
más conocido como NSeg  E.n. , cuya supervivencia en nuestro
ordenamiento jurídico en extrañas circunstancias (este reglamento fue
expresamente derogado en , pero acto seguido volvió a la vida por
obra y gracia de la SEC) bien permitía calificarlo como un zombie del
Decreto con Fuerza de Ley n.º  del Ministerio de Economía, Fomento y
Reconstrucción (hoy Ministerio de Economía, Fomento y Turismo), de . El artículo
 LGSE dispone lo siguiente: “Los reglamentos que se dicten para la aplicación de la
presente ley indicarán los pliegos de normas técnicas que deberá dictar la Superintendencia
previa aprobación de la Comisión. Estos pliegos podrán ser modificados periódicamente en
concordancia con los progresos que ocurran en estas materias”.
Decreto n.º  del Ministerio de Energía, de .
Decreto n.º . del Ministerio del Interior, de .
En efecto, el RIECF fue expresamente derogado por disposición del art. °
transitorio del Decreto n.º ., de , que aprobó el Reglamento de Instalaciones
Eléctricas (“RIE”). A su vez, el RIE fue derogado en  por el Decreto n.º  del
Ministerio de Minería, de , Reglamento de la Ley General de Servicios Eléctricos
(“RLGSE”), según dispone la letra c) de su art. . Finalmente, el tratamiento de las
materias originariamente contenidas en el RIECF fue reemplazado en  por el RSIE
y especificado por medio de los RPTD. Las extrañas circunstancias de la supervivencia
de la NSeg  E.n.  hasta hace pocos meses obedecen a que mediante Resolución Exenta
n.º , de , la SEC dispuso que constituirían las normas técnicas en las materias
correspondientes los textos derogados por el RIE, entre ellos, el RIECF (NSeg  E.n. ).
El problema de la dudosa legalidad (y constitucionalidad) de la decisión de la SEC de, lisa
y llanamente, “resucitar” decretos expresamente derogados a fin de que valieran en cuanto
normas técnicas, mediante una interpretación exorbitante de la facultad concedida en el

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