Fragmentación del derecho internacional de los derechos humanos: El problema de los símbolos religiosos en Francia - Núm. 16, Abril 2020 - Revista Derecho Público Iberoamericano - Libros y Revistas - VLEX 851395402

Fragmentación del derecho internacional de los derechos humanos: El problema de los símbolos religiosos en Francia

AutorRodrigo Céspedes
CargoResearcher, Max Planck Institute for Social Anthropology (Halle), CURED
Páginas13-37
13
Derecho Público Iberoamericano, Nº 16, pp. 13-37 [abril 2020] ISSN 0719-5354
FRAGMENTACIÓN
DEL DERECHO INTERNACIONAL
DE LOS DERECHOS HUMANOS:
EL PROBLEMA
DE LOS SÍMBOLOS RELIGIOSOS EN FRANCIA
FRAGMENTATION OF INTERNATIONAL
HUMAN RIGHTS LAW:
THE PROBLEM OF RELIGIOUS SYMBOLS
IN FRANCE
Rodrigo Céspedes*
Resumen
Se examinan las decisiones relativas a los símbolos religiosos en el espacio
público en Francia, incluyendo la Corte Europea de Derechos Humanos
y el Comité de Derechos Humanos de la ONU. A propósito de este
problema, se analiza el fenómeno de la fragmentación del derecho in-
ternacional de los derechos humanos, con el cual se combinan aspectos
legales sustantivos y procedimentales.
Palabras clave: símbolos religiosos, fragmentación, Corte Europea de
Derechos Humanos, Comité de Derechos Humanos de la ONU.
Abstract
This work examines decisions concerning religious symbols in the public
space in France, including the European Court of Human Rights and the
UN Human Rights Committee. At the same time, it examines the phe-
nomenon of fragmentation of international human rights law, combining
substantive and procedural legal aspects.
Keywords: religious symbols, fragmentation, European Court of Human
Rights, UN Human Rights Committee.
* Researcher, Max Planck Institute for Social Anthropology (Halle), CURED. Artículo
recibido el 12 de diciembre de 2019 y aceptado para su publicación el 3 de marzo de
2020. Correo electrónico: rodcespedes@yahoo.com
roDrigo césPeDes DPI Nº 16 – Estudios
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I. Introducción:
El problema de los símbolos religiosos
y la fragmentación del derecho internacional
El asunto de los símbolos religiosos en Europa es un tema candente. Ha
habido un extenso debate sobre los crucif‌ijos en lugares públicos y las di-
ferentes formas del velo islámico. El carácter interdisciplinario y complejo
de la discusión implica la cultura, el género y la dicotomía público/privado.
Ha habido varias iniciativas legislativas en algunos países europeos que
pretenden prohibir el uso de símbolos religiosos en general y esconder el
rostro en particular1. La mayoría de las veces esta prohibición repercute las
prácticas religiosas islámicas. La Ley francesa de 2010 que prohíbe el velo
integral, burka o nikab2 (loi n. 2010-1192 du 11 octobre 2010 interdisant
la dissimulation du visage dans l’espace public) se considera ampliamente
como la prohibición más severa de Europa, la que fue considerada legítima
por los tribunales franceses3. En otros Estados, tales prohibiciones solo se
aplican en el contexto de asambleas públicas, protestas y manifestaciones
(por ejemplo, Noruega, Suecia, Austria y Dinamarca) o en casos en los que
la identif‌icación es esencial (Alemania). En la mayoría de estos países, se
trata de meras infracciones castigadas con una multa baja4.
El derecho internacional de los derechos humanos es una rama vasta,
relativamente moderna, que incluye una inf‌inidad de aspectos. Se puede
distinguir una parte general (constituida por el Bill of Rights Internacional
como la Declaración Internacional de Derechos Humanos (1948), el Pacto
Internacional de Derechos Civiles y Políticos (1966) y el Pacto internacio-
nal de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (1966). El segundo, es
competencia del Comité de Derechos Humanos (en adelante, el Comité)
y el tercero del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales,
1 Sobre el asunto véase Emmanuelle
bribosia
, and Isabelle
rorive
, “Le voile à l’école:
une Europe divisée”, pp. 941-973 y Dominic
mcgolDrick
, Human rights and religion:
The Islamic headscarf debate in Europe.
2 El burka es una prenda islámica que cubre el cuerpo y la cara por completo, con una
rejilla para los ojos, mayormente utilizado en Afganistán. El nikab es un velo que cubre el
rostro y se usa por algunas mujeres musulmanas en países del golfo Pérsico y el norte de África.
3 Bélgica aprobó un proyecto de ley similar al de Francia en 2011. En 2012, el
Tribunal de Casación belga declaró que la prohibición no violaba los derechos humanos,
lo que fue conf‌irmada por la Corte Europea de Derechos Humanos en el 2017 en Dakir
con Bélgica, App. 4619/12 y Belcacemi & Oussar con Bélgica, App. 37798/13.
4 Desde antiguo han existido normas antienmascaramiento, sin embargo, actualmente
ha habido muchas iniciativas legislativas que buscan impedir que las personas oculten
sus rostros, para no ser identif‌icados, al margen de las prácticas religiosa, gatillado por las
protestas masivas en todo el globo.

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