Formas de terminar el juicio de alimentos - Derecho de Alimentos. Incluye modificaciones de la Ley 21.264, 21.389, 21.400 y 21.484 - Séptima Edición - Libros y Revistas - VLEX 918058155

Formas de terminar el juicio de alimentos

AutorEric Andrés Chávez Chávez
Cargo del AutorAbogado
Páginas255-256
FORMAS DE TERMINAR EL JUICIO DE ALIMENTOS.
Las formas de terminar el juicio de alimentos son las siguientes:
1.- SENTENCIA.
Es la forma normal de cómo se termina un juicio, la sentencia
cumplirá con los requisitos señalados en el art.66 de la Ley 19.968.
2.- CONCILIACIÓN.
Es la que se produce en la audiencia preparatoria o de juicio a
instancia del juez, teniendo el carácter de obligatorio su llamado,
levantándose el acta de rigor en caso de producirse o dejándose
constancia de no producirse. Se aplica en forma subsidiaria el art.262 y
Esta produce sus efectos ipso iure, soluciona un conflicto actual
y su cumplimiento se solicita en virtud del art.231 y Ss., del Código de
Procedimiento Civil.
3.- TRANSACCIÓN.
Definida en el art.2446 del Código Civil, como: 󰜝Un contrato en
que las partes terminan extrajudicialmente un litigio pendiente o
precaven uno eventual󰜞. El art.2451 del citado Código, señala 󰜝La
transacción sobre alimentos futuros de las personas a quienes se
deban por ley, no valdrá sin aprobación judicial󰜞.
Los requisitos para que la transacción tenga valor son los
siguientes:
a) Debe versar sobre alimentos futuros.
b) Los alimentos deberán ser los que pueden solicitar las
personas enumeradas en el art.321 del Código Civil.
Capítulo XIII
FORMAS DE TERMINAR EL JUICIO
DE ALIMENTOS
(APREMIOS)

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