FINAL 142-14 GORE METROPOLITANO AUDITORIA A LOS PROYECTOS FINANCIADOS CON CARGO AL 2% DEL FONDO NACIONAL DE DESARROLLO REGIONAL - ENERO 2015 - Doctrina Administrativa - VLEX 562166586

FINAL 142-14 GORE METROPOLITANO AUDITORIA A LOS PROYECTOS FINANCIADOS CON CARGO AL 2% DEL FONDO NACIONAL DE DESARROLLO REGIONAL - ENERO 2015

Fecha de Resolución12 de Enero de 2015
EmisorAuditoría Administrativa
ServicioGOBIERNO REGIONAL METROPOLITANO
Número de informe142/2014
Tipo de informeInforme Final de Auditoría
NivelCentral

Atendidas las consideraciones expuestas durante el desarrollo del presente trabajo, y considerando que el Gobierno Regional Metropolitano de Santiago no aportó antecedentes a las observaciones planteadas, las cuales pasan a mantenerse en su integridad, el servicio deberá adoptar medidas con el objeto de dar estricto cumplimiento a las normas legales y reglamentarias que las rigen, entre las cuales se estima necesario considerar, a lo menos, las siguientes:

  1. Respecto de los capítulos I, aspectos de control interno, numeral 2, revisión y registro inoportuno de las rendiciones de cuentas remitidas por las entidades ejecutoras de los proyectos; y II, examen de cuentas, numeral 1, falta de revisión de las rendiciones de cuentas presentadas por las entidades ejecutoras de los proyectos, ese Gobierno Regional deberá ordenar la instrucción de un sumario administrativo con el objeto de establecer las eventuales responsabilidades administrativas de los funcionarios involucrados, remitiendo dentro del plazo de 15 días hábiles, contado desde la recepción de este documento, el acto administrativo que ordena el inicio del proceso y designe al fiscal correspondiente. Adicionalmente, la entidad deberá adoptar mecanismos de control que aseguren en el futuro que las rendiciones recibidas de proyectos ejecutados con recursos provenientes del FNDR sean revisados y contabilizados oportunamente por las unidades correspondientes e implementar el plan de trabajo comprometido por el Departamento de Actividades de Cultura, Deporte y Seguridad para disminuir el stock de rendiciones pendientes de análisis, lo cual deberá acreditar a este Organismo Contralor dentro del plazo de 60 días hábiles contados desde la recepción del presente informe.

  2. En lo referente a los capítulos I, aspectos de control interno, numeral 3, inexistencia de supervisión en la ejecución de los proyectos; y III, examen de la materia auditada, numeral 5, omisión de visitas a terreno, el ente auditado deberá adoptar las medidas necesarias para asegurar el cumplimiento de la normativa que regula la materia, con la finalidad de validar oportunamente en terreno la correcta ejecución de las...

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