Filiación. Reclamación de filiación no matrimonial. Hijo contra padres. Madre en representación del hijo. Demanda - F - Nueva práctica forense (alfabetizada). Familia. Tomo II - Contratos - VLEX 903148281

Filiación. Reclamación de filiación no matrimonial. Hijo contra padres. Madre en representación del hijo. Demanda

AutorAníbal Cornejo Manríquez
Cargo del AutorAbogado. Universidad de Chile
Actualizado aEnero 2022

Page 196

EN LO PRINCIPAL: Demanda de reclamación de paternidad. EN EL PRIMER OTROSÍ: solicita alimentos provisorios. EN EL SEGUNDO OTROSÍ: acompaña documentos. EN EL TERCER OTROSÍ: acredita personería.

S.J.L. de Familia de...

............................................... , abogado, domiciliado en calle ..........................................en representación, según Mandato Judicial que al efecto se acompaña, de ..................................... estado civil ___________ , nacionalidad ................................... cédula de identidad número ...................... con domicilio .................................... comuna ..............................., a U.S. respetuosamente digo:

Que por este acto vengo y en nombre de ..................................... en demandar acción de reclamación de filiación no matrimonial en contra de ................................profesión u oficio, cédula nacional de identidad número, domiciliado en ........................... en consideración a los fundamentos de hecho y derecho que paso a exponer:

LOS HECHOS:

  1. Que el año ............................................, la demandante sostuvo una relación con el demandado de autos, que fruto de la cual queda embarazada.

  2. Que el día................................... nace el hijo de ambos de nombre ............................quien hoy tiene ...........años de vida.

  3. Que se solicitó al demandado de autos reconociera al menor de autos, por lo que frente a la negativa de él, es que se tomó la decisión de iniciar esta acción.

    EL DERECHO:

    El artículo 205 del Código Civil prescribe que: "La Acción de reclamación de la filiación no matrimonial corresponde sólo al hijo contra su padre o su madre, o a cualquiera de éstos cuando el hijo tenga determinada una filiación diferente, para lo cual se sujetarán a lo dispuesto en el artículo 208.

    Page 197

    Podrá, asimismo reclamar la filiación el representante legal del hijo incapaz, en interés de éste".

    Como bien su S.S. sabe el artículo 195 del Código Civil consagra la posibilidad de investigar tanto la maternidad como la paternidad en la forma y a través de los medios señalados en el Título VIII del Libro I, de dicho cuerpo legal, siendo la reclamación de la filiación un derecho imprescriptible e irrenunciable.

    POR TANTO y en virtud de lo expuesto anteriormente y lo que disponen los artículos 205 y siguientes del Código Civil, artículo número 8 de la ley Nº 19.968, y la Convención sobre los Derechos del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR