Decreto 333 - FIJA FÓRMULAS TARIFARIAS DE LOS SERVICIOS DE PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE AGUA POTABLE Y RECOLECCIÓN Y DISPOSICIÓN DE AGUAS SERVIDAS PARA EL CONCESIONARIO ASOCIACIÓN DE VECINOS POBLACIÓN MIRASOL DE ALGARROBO - MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 238635178

Decreto 333 - FIJA FÓRMULAS TARIFARIAS DE LOS SERVICIOS DE PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE AGUA POTABLE Y RECOLECCIÓN Y DISPOSICIÓN DE AGUAS SERVIDAS PARA EL CONCESIONARIO ASOCIACIÓN DE VECINOS POBLACIÓN MIRASOL DE ALGARROBO

EmisorMINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION
Rango de LeyDecreto

FIJA FÓRMULAS TARIFARIAS DE LOS SERVICIOS DE PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE AGUA POTABLE Y RECOLECCIÓN Y DISPOSICIÓN DE AGUAS SERVIDAS PARA EL CONCESIONARIO ASOCIACIÓN DE VECINOS POBLACIÓN MIRASOL DE ALGARROBO

Núm. 333.- Santiago, 31 de Diciembre de 2009.- Vistos:

  1. - El D.F.L. N°70 de 1988, Ley de Tarifas de Servicios Sanitarios, del Ministerio de Obras Públicas, en adelante e indistintamente, "DFL MOP Nº 70/88";

  2. - La Ley Nº18.902, Orgánica de la Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS);

  3. - El Reglamento de la Ley de Tarifas de Servicios Sanitarios, DS. N°453 del 12 de diciembre de 1989 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, en adelante e indistintamente, el "Reglamento";

  4. - El artículo 100 del DS. Nº1.199 de 2004, del Ministerio de Obras Públicas, en adelante e indistintamente, "DS MOP N° 1.199/04";

  5. - El Decreto del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción N°41 del 17 de enero del 2005, publicado el 10 de febrero de 2005, que aprueba las fórmulas tarifarias de los servicios de producción y distribución de agua potable y recolección y disposición de aguas servidas, para la Concesionaria Asociación de Vecinos Población Mirasol de Algarrobo;

  6. - Discrepancias de la Concesionaria Asociación de Vecinos Población Mirasol de Algarrobo, de fecha 02 de Octubre de 2009; Acta de Acuerdo entre esta empresa y la Superintendencia de Servicios Sanitarios, de fecha 19 de Octubre de 2009, aprobada mediante Resolución SISS N° 4354 de fecha 2 de diciembre de 2009;

  7. - El Estudio Tarifario realizado por la Superintendencia de Servicios Sanitarios, sus fundamentos, antecedentes de cálculo y resultados;

  8. - Estos antecedentes.

    Considerando:

  9. - Que, en conformidad con el artículo 2 de la Ley de Tarifas de Servicios Sanitarios, la fijación de las fórmulas tarifarias de los servicios públicos sanitarios se realiza mediante decreto expedido por el Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción;

  10. - Que, el procedimiento administrativo realizado para la fijación de las tarifas de los servicios públicos sanitarios de la Concesionaria Asociación de Vecinos Población Mirasol de Algarrobo, correspondientes al quinquenio 2010-2015, cumple con las etapas en la forma y plazos dispuestos por la mencionada Ley de Tarifas;

  11. - Que en dicho procedimiento, Concesionaria Asociación de Vecinos Población Mirasol de Algarrobo hizo valer, en tiempo y forma, discrepancias a determinados parámetros del estudio tarifario de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, las que fueron resueltas mediante un acuerdo directo entre dicha Superintendencia y el prestador, formalizado mediante Acta de Acuerdo de fecha 19 de octubre de 2009;

  12. - Que el acta de acuerdo directo se aprobó mediante Resolución (exenta) de la Superintendencia de Servicios Sanitarios Nº4354 del 2 de diciembre de 2009;

  13. - Que la determinación de tarifas ha cumplido además con las Bases, normas y actos de procedimiento establecidos en el DFL MOP N°70/ 88 y su Reglamento.

    Decreto:

    Fíjanse las siguientes fórmulas tarifarias para calcular los precios máximos aplicables a los usuarios de los servicios de producción y distribución de agua potable y recolección y disposición de aguas servidas de la Concesionaria Asociación de Vecinos Población Mirasol de Algarrobo, en los siguientes términos:

  14. DE LAS FORMULAS TARIFARIAS

    1.1. DEFINICION DE LAS FÓRMULAS TARIFARIAS

    1.1.1. Cargo fijo mensual por cliente ($/mes): CFCL

    CFCL = CF x IN1

    1.1.2. Cargo variable por consumo de agua potable en período no punta ($/m3): CVAP

    CVAP = CV1 x IN2 + CV4 x IN5

    1.1.3. Cargo variable por consumo de agua potable en período punta ($/m3): CVAPP

    CVAPP = CV2 x IN3 + CV5 x IN6

    1.1.4. Cargo variable por sobreconsumo de agua potable en período punta ($/m3): CVAPP2

    CVAPP2 = CV3 x IN4 + CV6 x IN7

    1.1.5. Cargo variable por servicio de alcantarillado de aguas servidas en período no punta ($/m3): CVAL

    CVAL = CV7 x IN8 + CV10 x IN11

    1.1.6. Cargo variable por servicio de alcantarillado de aguas servidas en período punta ($/m3): CVALP

    CVALP = CV8 x IN9 + CV11 x IN12

    1.1.7. Cargo variable por sobreconsumo del servicio de alcantarillado de aguas servidas en período punta ($/m3): CVALP2

    CVALP2 = CV9 x IN10 + CV12 x IN13

    1.2. DEFINICION Y VALORES DE LOS CARGOS TARIFARIOS

    La descripción de las variables incorporadas en las fórmulas tarifarias anteriores y sus respectivos valores, al 31 de diciembre de 2008, son los indicados a continuación:

    1.3. POLINOMIOS DE INDEXACIÓN

    Se definen IN1, IN2, IN3, IN4, IN5, IN6, IN7, IN8, IN9, IN10, IN11, IN12, IN13, IN14, IN15, IN16, IN17, IN18, IN19, IN20, IN21 e IN22 como los polinomios de indexación de tarifas. Se calculan utilizando la siguiente fórmula general:

    INi = ai x IIPC + bi x IIPMII+ ci x IIPMNI

    donde:

    IIPC: Índice del Índice de Precios al Consumidor, o

    el que lo reemplace, calculado como IPC/IPCo,

    en que IPC es el Índice de Precios al

    Consumidor, publicado por el INE e IPCo el

    correspondiente a diciembre de 2008, IPCo =

    100,000 (Base, diciembre 2008=100).

    IIPMII: Índice del Índice de Precios al por Mayor de

    Productos Importados Categoría Industrias

    Manufactureras, o el que lo reemplace,

    ...

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