Decreto 332 - FIJA FÓRMULAS TARIFARIAS DE LOS SERVICIOS DE PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE AGUA POTABLE Y RECOLECCIÓN Y DISPOSICIÓN DE AGUAS SERVIDAS PARA LA EMPRESA DE SERVICIOS SANITARIOS SAN ISIDRO S.A. PARA LA LOCALIDAD DE PICHIDANGUI, IV REGIÓN - MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 238653298

Decreto 332 - FIJA FÓRMULAS TARIFARIAS DE LOS SERVICIOS DE PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE AGUA POTABLE Y RECOLECCIÓN Y DISPOSICIÓN DE AGUAS SERVIDAS PARA LA EMPRESA DE SERVICIOS SANITARIOS SAN ISIDRO S.A. PARA LA LOCALIDAD DE PICHIDANGUI, IV REGIÓN

EmisorMINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION
Rango de LeyDecreto
Biblioteca del Congreso Nacional de Chile - www.leychile.cl - documento generado el 08-Abr-2015
Tipo Norma :Decreto 332
Fecha Publicación :08-02-2010
Fecha Promulgación :31-12-2009
Organismo :MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y RECONSTRUCCIÓN;
SUBSECRETARÍA DE ECONOMÍA, FOMENTO Y RECONSTRUCCIÓN
Título :FIJA FÓRMULAS TARIFARIAS DE LOS SERVICIOS DE PRODUCCIÓN Y
DISTRIBUCIÓN DE AGUA POTABLE Y RECOLECCIÓN Y DISPOSICIÓN
DE AGUAS SERVIDAS PARA LA EMPRESA DE SERVICIOS SANITARIOS
SAN ISIDRO S.A. PARA LA LOCALIDAD DE PICHIDANGUI, IV REGIÓN
Tipo Versión :Ultima Versión De : 04-02-2015
Inicio Vigencia :04-02-2015
Derogación :04-02-2015
Id Norma :1010829
Texto derogado :04-FEB-2015
Ultima Modificación :08-ABR-2015 255
URL :http://www.leychile.cl/N?i=1010829&f=2015-02-04&p=
FIJA FÓRMULAS TARIFARIAS DE LOS SERVICIOS DE PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE AGUA
POTABLE Y RECOLECCIÓN Y DISPOSICIÓN DE AGUAS SERVIDAS PARA LA EMPRESA DE SERVICIOS
SANITARIOS SAN ISIDRO S.A. PARA LA LOCALIDAD DE PICHIDANGUI, IV REGIÓN
Núm. 332.- Santiago, 31 de diciembre de 2009.- Vistos:
Ministerio de Obras Públicas, en adelante e indistintamente, "DFL MOP Nº 70/88";
2.- La ley Nº 18.902, Orgánica de la Superintendencia de Servicios Sanitarios
(SISS);
12 de diciembre de 1989 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, en
adelante e indistintamente, el "Reglamento";
4.- El artículo 100 del DS Nº 1.199 de 2004, del Ministerio de Obras
Públicas, en adelante e indistintamente, "DS MOP Nº 1.199/04";
5.- El decreto del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción Nº 28 del
13 de enero de 2005, publicado el 4 de febrero de 2005, que aprueba las fórmulas
tarifarias de los servicios de producción y distribución de agua potable y
recolección y disposición de aguas servidas, para la Empresa de Servicios
Sanitarios San Isidro S.A., para la localidad de Pichidangui;
6.- Discrepancias de la Empresa de Servicios Sanitarios San Isidro S.A. de fecha
2 de octubre de 2009; Acta de Acuerdo entre esta empresa y la Superintendencia de
Servicios Sanitarios, de fecha 14 de octubre de 2009, aprobada mediante resolución
SISS Nº 4.287 de fecha 26 de noviembre de 2009;
7.- El Estudio Tarifario realizado por la Superintendencia de Servicios
Sanitarios, sus fundamentos, antecedentes de cálculo y resultados;
8.- Estos antecedentes.
Considerando:
1.- Que, en conformidad con el artículo 2 de la Ley de Tarifas de Servicios
Sanitarios, la fijación de las fórmulas tarifarias de los servicios públicos
sanitarios se realiza mediante decreto expedido por el Ministerio de Economía,
Fomento y Reconstrucción;
2.- Que, el procedimiento administrativo realizado para la fijación de las
tarifas de los servicios públicos sanitarios de la Empresa de Servicios Sanitarios
San Isidro S.A., correspondientes al quinquenio 2010-2015, cumple con las etapas en
la forma y plazos dispuestos por la mencionada Ley de Tarifas;
3.- Que en dicho procedimiento, la Empresa de Servicios Sanitarios San Isidro
S.A. hizo valer, en tiempo y forma, discrepancias a determinados parámetros del
estudio tarifario de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, las que fueron
resueltas mediante un acuerdo directo entre dicha Superintendencia y el prestador,
formalizado mediante Acta de Acuerdo de fecha 14 de octubre de 2009;
4.- Que el acta de acuerdo directo se aprobó mediante resolución (exenta) de
la Superintendencia de Servicios Sanitarios Nº 4.287 de fecha 26 de noviembre de
2009;
5.- Que la determinación de tarifas ha cumplido además con las Bases, normas y

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