Decisión nº C3335-15, de Consejo de Transparencia de 4 de Marzo de 2016
Fecha de Resolución | 4 de Marzo de 2016 |
Tipo | Documentos Oficiales |
Materia | Funciones y Actividades Propias del órgano, Gestión de Personas |
Tema | Municipalidades, Otros, especificar |
DECISIÓN AMPARO ROL C3335-15
Entidad pública: Municipalidad de La Granja
Requirente: Felipe Verdugo Verdugo
Ingreso Consejo: 30.12.2015
En sesión ordinaria N° 689 del Consejo Directivo, celebrada el 4 de marzo de 2016, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C3335-15.
VISTO:
Los artículos 5°, inciso 2°, 8° y 19 N° 12 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.
TENIENDO PRESENTE:
1) SOLICITUD DE ACCESO: El 26 de octubre de 2015, don Felipe Verdugo Verdugo solicitó a la Municipalidad de La Granja -en adelante e indistintamente Municipalidad o Municipio-, información respecto de funcionarios municipales desvinculados entre el período comprendido entre los años 1973 y 1975. En particular, requirió:
a) "Expedientes u otros documentos que den cuenta de despidos o destituciones de funcionarios municipales entre los años 1973 y 1975"; y
b) "Cualquier otro tipo de documento los cuales hayan servido de antecedentes para la fundamentación de los despidos o destituciones realizadas".
2) RESPUESTA: La Municipalidad, mediante oficios de 23 de noviembre y 7 de diciembre de 2015, informó al reclamante que luego de buscar los antecedentes consultados en sus archivos, estos no fueron encontrados. Por lo...
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