Fallo de TC abre debate por compromisos OCDE de Chile en acceso a información - 8 de Enero de 2017 - El Mercurio - Noticias - VLEX 657161937

Fallo de TC abre debate por compromisos OCDE de Chile en acceso a información

Lo anterior, porque el fallo declara inaplicable la normativa de la ley sobre acceso a la información pública y parte del artículo 31 bis de la Ley N° 19.300, de Bases Generales del Medio Ambiente, que establece que "toda persona tiene derecho a acceder a la información de carácter ambiental que se encuentre en poder de la Administración". La razón: la magistratura estimó que eran contrarios a la Constitución.

Según la sentencia del TC, "hay alguna información que establece el artículo 31 bis que se vincula con actos administrativos (letra c), o con los fundamentos de estos (letra e). Sin embargo, el resto de las letras excede el marco del artículo 8° de la Constitución", entre otras cosas, porque "el Constituyente no quiso que toda la información fuera pública".

Constitución vs. leyes

Para el profesor de derecho administrativo de la U. Católica de Valparaíso Eduardo Cordero, este fallo plantea "un problema complejo sobre la disconformidad que existe entre la norma constitucional sobre publicidad (artículo 8º) y la legislación de acceso a la información", aunque en este caso su decisión se extiende también a la normativa del sistema especial de acceso a la información ambiental. Y recuerda que el TC ha sido "categórico" en sostener que la norma sobre publicidad contenida en la Constitución tiene un alcance más restringido del previsto por las leyes, lo cual -en su opinión- trae consigo "una natural preocupación y la necesidad de revisar el tema al nivel que corresponde; esto es, mediante una reforma a la Constitución".

Ahora, si bien existe un proyecto que modifica los artículos y 19 N° 12° de la Carta Fundamental, permitiendo a las personas el acceso a toda información que pueda estar en manos de la Administración, este se encuentra en comisión mixta desde 2015.

"Esta discusión -advierte Cordero- es previa y necesaria, especialmente por los compromisos que tiene Chile como miembro de la OCDE y los acuerdos que se están adoptando para la implementación del Principio 10".

La evaluación de desempeño ambiental de Chile OCDE/Cepal, 2016, se reseña, por ejemplo, a raíz de una recomendación de 2005 que "en virtud de la Ley sobre Acceso a la Información Pública de 2009 y la normativa sobre calidad ambiental de 2010, se garantiza el acceso a información y documentos administrativos sobre el medio ambiente".

Por estas leyes, y otras argumentaciones, Valentina Durán, profesora de derecho ambiental de la U. de Chile, califica la sentencia como "un...

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