Las facultades económicas de los cónyuges en la compensación económica. Doctrina y jurisprudencia - Núm. 8, Diciembre 2008 - Revista Corpus Iuris Regionis - Libros y Revistas - VLEX 693904437

Las facultades económicas de los cónyuges en la compensación económica. Doctrina y jurisprudencia

AutorGigliola Carlevarino Weitzel
CargoProfesora de Derecho Civil en la Sede Arica de la Universidad Arturo Prat
Páginas113-122
113
LAS FACULTADES ECONÓMICAS DE LOS CÓNYUGES EN LA
COMPENSACIÓN ECONÓMICA.
DOCTRINA Y JURISPRUDENCIA
G C W
Universidad Arturo Prat
RESUMEN
El presente trabajo tiene por objeto estudiar el concepto de “facultades económicas
de los cónyuges” en relación a la institución de la compensación económica creada por la ley
de matrimonio civil 19.947. Para ello se analizan los artículos 61, 62 y 66 desde esa mirada,
observando que se trata de una idea presente en todo el espectro de la ley, diferenciándola en sus
aspectos sustanciales con el concepto patrimonial propio de las obligaciones. Se concluye que
dado el carácter eminentemente económico de la institución de la compensación económica,
es difícil no unir ambas materias, valorando las facultades económicas de los cónyuges y su
incidencia en materia de compensación con un punto de vista casi matemático.
INTRODUCCIÓN
La institución del divorcio vincular establecido por la ley de matrimonio civil 19.9471,
desde ya osada para la sociedad chilena, dispuso la compensación económica, figura novedosa
recogida de la legislación comparada, que se ha constituido jurídicamente como el aspecto de
mayor discusión doctrinaria de la ley.
La compensación económica, regulada en el capítulo VII en los artículos 61 a 66 de la
ley, es aquella prestación en dinero a que tiene derecho el cónyuge que luego de terminado el
matrimonio por divorcio o nulidad, se encuentra en una situación de menoscabo económico.
La o las causas que conllevan a este menoscabo tienen una redacción difusa en la ley, lo que
por supuesto ha motivado toda clase de interpretaciones a las cuales me referiré someramente
solo con el fin de contextualizar el tema de las facultades económicas de los cónyuges, que
comprende varios aspectos de la ley. La idea entonces, es determinar la incidencia de las
facultades económicas de los cónyuges, con cada uno de los aspectos de la compensación
económica, a fin de establecer el grado de importancia de este tema y su real situación.
* Profesora de Derecho Civil en la Sede Arica de la Universidad Arturo Prat. Doctoranda en Derecho en la
Pontificia Universidad Católica de Valparaíso.
1 En adelante “la ley”.
Corpus Iuris Regionis.
Revista Jurídica Regional y Subregional Andina 8
(Iquique, Chile, 2008) pp. 113-122

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR