Extracto de decreto exento número 745, de 2021.- Servicio Agrícola y Ganadero - 1 de Octubre de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 876387842

Extracto de decreto exento número 745, de 2021.- Servicio Agrícola y Ganadero

Número de registroCVE-2017122
Fecha de publicación01 Octubre 2021
SecciónNormas Particulares
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Número de Gaceta43.067
CVE 2017122 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública II
SECCIÓN
DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR
Núm. 43.067 | Viernes 1 de Octubre de 2021 | Página 1 de 1
Normas Particulares
CVE 2017122
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Subsecretaría de Obras Públicas / Fiscalía / División Expropiaciones
EXTRACTO
Por Decreto MOP (Exento) N° 745, de 03 de septiembre de 2021, y en base a la facultad
otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL MOP N° 850 de
1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 15.840 y del DFL
MOP N° 206 de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N° s. 1, 2, 3, 4 y 5, para la obra:
REPOSICIÓN PAVIMENTO RUTA 215-CH. SECTOR: ADUANA - LIMITE, que figuran a
nombre de SERVICIO AGRÍCOLA Y GANADERO, roles de avalúo 2252-1, comuna de
PUYEHUE, REGIÓN DE LOS LAGOS, superficies 556, 19.037, 600, 8 y 632 m2.
respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por HANDY GHISLAINE CAMPOS
SEPÚLVEDA, NICOLÁS ALEJANDRO ALARCÓN SÁNCHEZ y DORY GISELA DONOSO
SALGADO, mediante informe de tasación de 09 de julio de 2020, fijó el monto de la
indemnización provisional en la cantidad de $243.200, para el lote N° 1, $8.379.400, para el lote
N° 2, $264.000, para el lote N° 3, $13.600, para el lote N° 4 y $282.400, para el lote N° 5. La
indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en
el artículo 7° del decreto ley N° 2.186, de 1978. Fiscalía MOP.

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