La externalización laboral ilícita a diez años de la Ley N.º 20.123: desde la configuración de la cesión ilegal de trabajadores hasta su desregulación - Núm. 49, Diciembre 2017 - Revista de Derecho - Libros y Revistas - VLEX 726613505

La externalización laboral ilícita a diez años de la Ley N.º 20.123: desde la configuración de la cesión ilegal de trabajadores hasta su desregulación

AutorIrene Rojas Miño
CargoProfesora de Derecho del Trabajo de la Universidad de Talca, Doctora en Derecho por la Universidad de Valencia, España
Páginas307-335
AbstrAct
This paper examines the background
of illicit labor externalization and its
legal sanction. Likewise, it analyzes
the process of deconstruction of the
illegal cession of workers through the
identication and study of each one of
the ways by which the instruments that
at the time congured the legal regime
of this labor law have been modied
or suppressed. Finally, it exposes the
challenges posed by the labor relations
legal system.
Key words
Productive decentralization - Labor
outsourcing - Illegal transfer of workers.
* Profesora de Derecho del Trabajo de la Universidad de Talca, Doctora en De-
recho por la Universidad de Valencia, España. Dirección postal: Calle Santa Elena
2222, San Joaquín, Santiago, Chile, Correo electrónico: irojas@utalca.cl.
resumen
Este trabajo examina los
antecedentes de la externalización laboral
ilícita y su sanción jurídica. Asimismo,
analiza el proceso de deconstrucción
de la cesión ilegal de trabajadores a
través de la identificación y estudio
de cada una de las vías por las cuales
se han modificado o suprimido los
instrumentos que en su momento
configuraron el régimen jurídico de
este ilícito laboral. Finalmente, expone
los desafíos que al respecto plantea el
sistema jurídico de relaciones laborales.
PAlAbrAs clAve
Descentralización productiva –
Externalización laboral - Cesión ilegal
de trabajadores.
Revista de Derecho
de la Ponticia Universidad Católica de Valparaíso
XLIX (Valparaíso, Chile, 2do semestre de 2017)
[pp. 307 - 335]
recibido el 16 de junio y AcePtAdo el 7 de noviembre de 2017
lA externAlizAción lAborAl ilícitA A diez Años
de lA ley n.º 20.123: desde lA configurAción
de lA cesión ilegAl de trAbAjAdores hAstA su
desregulAción
[Illicit labor outsourcing 10 years since of Law 20.123: from the unlawful
workers’ cession conguration to its deregulation]
Irene rojAs miño*
Universidad de Talca
Irene rojas MIño306 revistA de derecho xlix (2do semestre de 2017)
i. introducción**
La cesión ilegal de trabajadores, en cuanto constituye un suministro de
mano de obra, ha sido prohibida y sancionada por los diversos sistemas
jurídicos desde los orígenes del Derecho del Trabajo. Sin embargo, el orde-
namiento jurídico chileno sólo estableció una sanción expresa respecto de
este ilícito laboral al presentarse la masicación de diversas manifestaciones
de externalización laboral —lo que ocurrió hacia nes del siglo veinte—
y que se concretó como una infracción de contratación laboral a través
de terceros. El consecutivo establecimiento de instrumentos jurídicos en
contra la interposición de mano de obra tiene su momento culmine con
la dictación de la Ley N.º 20.123, de 2006, la que perfeccionó el régimen
jurídico para hacer frente a la cesión ilegal de trabajadores.
En efecto, dicho texto legal, además de establecer un nuevo régimen
jurídico sobre subcontratación laboral y admitir un tipo de suministro
de trabajo, completó el referido a las versiones ilícitas de estas manifes-
taciones de descentralización productiva, es decir, de la cesión ilegal de
trabajadores, tal como se le identica en los diversos sistemas jurídicos
laborales1, aunque el ordenamiento chileno no le otorgó tal denominación,
sino que lo mantuvo como la versión ilícita de la externalización laboral.
Al efecto, además de la infracción laboral y de su régimen legal que ya
habían sido jados, estableció la imputación del contrato de trabajo con
el real empleador, es decir la empresa principal.
Sin embargo, transcurridos diez años de la entrada en vigencia de la
Ley N.º 20.123 puede sostenerse que poco queda del régimen jurídico
que sancionaba la cesión ilegal de trabajadores, en cuanto éste ha tenido
una escasa ecacia y una limitada vigencia: de una parte, una doctrina
jurisprudencial limitó su aplicación y, de la otra, la infracción especial ha
sido suprimida a través de la Ley N.º 20.760, de 20142. Además, diversos
** Abreviaturas: BODT: Boletín Ocial de la Dirección del Trabajo; CT: Código
del Trabajo; DT: Dirección del Trabajo; DDT: Dictamen de la Dirección del Traba-
jo; ENCLA: Encuesta Laboral /Dirección del Trabajo; ENE: Encuesta Nacional de
Empleo; INE: Instituto Nacional de Estadísticas; EST: Empresas Suministradoras
de Trabajo; SCA: Sentencia de Corte de Apelaciones; SJL: Sentencia del Juzgado de
Letras; SCS: Sentencia de Corte Suprema.
1
Al respecto, véase el estudio de Derecho Comparado de sAlA, Tomás - mAn-
gArelli, Cristina - tAPiA, Francisco, La descentralización empresarial y la responsabilidad
en América Latina y España (Valencia, Tirant lo Blanch, 2011) en el que, precisamente,
uno de los institutos que se compara es el de la cesión ilegal de trabajadores respecto
de cada uno de los sistemas jurídicos objeto de comparación,
2
Conocida como “Ley del Multirut”, aunque su título señala que “Establece su-
puesto de multiplicidad de razones sociales consideradas un solo empleador”.

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