Extensión posnatal de emergencia: Cómo acceder al beneficio de crianza protegida
¿Qué documentación y requisitos se exigen?Los trabajadores dependientes deberán estar regidos bajo el Código del Trabajo y afiliados al Seguro de Cesantía, tener una relación laboral vigente, copia del certificado de nacimiento del niño o niña y una declaración jurada simple que señale que se que se hizo uso de la LMPP. Además, se deberá contar con tres cotizaciones continuas en los últimos tres meses inmediatamente anteriores a aquel en que se comunica al empleador que se hará uso del derecho a suspender la relación laboral, o tener seis cotizaciones mensuales, continuas o discontinuas, durante los últimos 12 meses, siempre que a lo menos registren las últimas dos cotizaciones con el mismo empleador en los dos meses inmediatamente anteriores al mes en que el trabajador comunica a su empleador que hará uso del derecho a suspender la relación laboral.¿En qué consiste?Las personas que se acojan a este posnatal podrán recibir, hasta por los primeros tres meses, una prestación mensual por el 100% de su subsidio de incapacidad laboral si percibían un monto igual o inferior a $1 millón líquido por su licencia. En caso de que los ingresos hayan sido superiores, se entregará un aporte correspondiente al 70%.Además, podrán suspender unilateralmente sus contratos de trabajos quienes hayan hecho uso de una o más LMPP y que sean trabajadores dependientes. En este caso, el Fondo de Cesantía Solidario financiará el pago de la prestación sin utilizar los montos de la cuenta individual.En el caso de los independientes, estos tendrán derecho a un bono de cargo...
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