Decreto 2929 - MODIFICA ARTÍCULO 33º DE LA ORDENANZA PARA EL OTORGAMIENTO, CADUCIDAD, Y RENOVACIÓN DE PATENTES PARA EL EXPENDIO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS, DE LA COMUNA DE LA GRANJA - MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 239940906

Decreto 2929 - MODIFICA ARTÍCULO 33º DE LA ORDENANZA PARA EL OTORGAMIENTO, CADUCIDAD, Y RENOVACIÓN DE PATENTES PARA EL EXPENDIO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS, DE LA COMUNA DE LA GRANJA

EmisorMINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Rango de LeyDecreto

MODIFICA ARTÍCULO 33º DE LA ORDENANZA PARA EL OTORGAMIENTO, CADUCIDAD, Y RENOVACIÓN DE PATENTES PARA EL EXPENDIO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS, DE LA COMUNA DE LA GRANJA

Núm. 2.929.- La Granja, 3 de octubre 2008.- Vistos:

La solicitud expresada al Alcalde y el Concejo Municipal, por parte de la Agrupación de Dueños de Patentes de Alcohol de La Granja, en orden a modificar el Artículo 33º del Título VI de la "Ordenanza para el otorgamiento, caducidad y renovación de patentes para el expendio de bebidas alcohólicas", en la Comuna de La Granja.

Que la Comisión de Alcoholes, trabajó con la participación de los Concejales y los equipos técnicos municipales, una propuesta para presentar al Honorable Concejo Municipal.

El Acuerdo Nº 410, tomado en la Sesión Extraordinaria Nº 8 del 03 de octubre de 2008, en que el Honorable Concejo Municipal aprobó la modificación al Artículo 33º del Título VI de la "Ordenanza para el otorgamiento, caducidad y renovación de patentes para el expendio de bebidas alcohólicas".

Y, vistos, además las facultades que me confiere el Art. 63º de la Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, en su texto refundido por D.F.L.

Nº 1 del Ministerio del Interior de fecha 9 de mayo de 2006,

Decreto:

Apruébase la modificación al Artículo 33º de la "Ordenanza para el otorgamiento, caducidad y renovación de patentes para el expendio de bebidas alcohólicas", quedando el texto como se indica: Considerando que la comuna, en general, en todas sus zonas tiene carácter eminentemente residencial; por medidas de seguridad ciudadana y en resguardo de la tranquilidad de los vecinos -objetivo primordial de la gestión municipal- se hace necesario fijar horarios diferenciados de funcionamiento a los establecimientos de expendio de bebidas alcohólicas para ser consumidas fuera del local de venta o para aquellos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR