Decreto 96 EXENTO - MODIFICA REGLAMENTO PARTICULAR DEL SERVICIO DE BIENESTAR DEL PERSONAL DE LA DIRECCIÓN DE PREVISIÓN DE CARABINEROS DE CHILE - MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 239661210

Decreto 96 EXENTO - MODIFICA REGLAMENTO PARTICULAR DEL SERVICIO DE BIENESTAR DEL PERSONAL DE LA DIRECCIÓN DE PREVISIÓN DE CARABINEROS DE CHILE

EmisorMINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
Rango de LeyDecreto

MODIFICA REGLAMENTO PARTICULAR DEL SERVICIO DE BIENESTAR DEL PERSONAL DE LA DIRECCIÓN DE PREVISIÓN DE CARABINEROS DE CHILE

Núm. 96 exento.- Santiago, 28 de abril de 2009.- Vistos: Lo dispuesto en el artículo 4° del decreto ley N° 844, de 1975, del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría de Carabineros, que creó la actual Dirección de Previsión de Carabineros de Chile; lo establecido en los artículos 17° y 18° del decreto supremo N° 103, de 1975, del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría de Carabineros, Reglamento Orgánico de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile; el Dictamen N°50256, de fecha 27 de octubre de 2008, de la Contraloría General de la República; lo solicitado por la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile al Ministerio del Trabajo y Previsión Social, Superintendencia de Seguridad Social, y la facultad que me confiere el artículo 326, de de la Constitución Política de la República de Chile,

Decreto:

Artículo único

Reemplázase el artículo 19° del Reglamento Particular del Servicio de Bienestar del Personal de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile, aprobado mediante decreto supremo N°42, de 15 de junio de 2004, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, por el siguiente:

Artículo 19°

"Aquellos afiliados que se incorporen al Servicio a partir del 1 de agosto de 2009, tendrán derecho a percibir la totalidad de los beneficios que...

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