Decreto 511 EXENTO - FIJA TARIFAS DE PASAPORTES DIPLOMÁTICOS Y OFICIALES - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 239762338

Decreto 511 EXENTO - FIJA TARIFAS DE PASAPORTES DIPLOMÁTICOS Y OFICIALES

EmisorMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Rango de LeyDecreto

FIJA TARIFAS DE PASAPORTES DIPLOMÁTICOS Y OFICIALES

Núm. 511 exento.- Santiago, 25 de marzo de 2009.- Vistos: El artículo 32 Nº 6 de la Constitución Política de la República, el decreto con fuerza de ley Nº 161, de 1978, el artículo 97 del decreto con fuerza de ley Nº 33, de 1979, los decretos supremos Nos 232 y 233, de 2004, ambos del Ministerio de Relaciones Exteriores, el Nº 10 del párrafo I del artículo 1º del decreto supremo Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, el oficio Nº 14.022, de 18 de marzo de 2009 de la Contraloría General de la República y las necesidades del Servicio,

Decreto:

Artículo 1

Derógase el decreto supremo Nº 233, de 2004, del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Artículo 2

Establécese las siguientes tarifas para el pago de los derechos por otorgamiento de Pasaportes Diplomáticos y Oficiales:

  1. En moneda nacional: $47.000 (cuarenta y siete mil pesos).

  2. En moneda dólar de los Estados Unidos de América: US$80,00 (ochenta dólares de los Estados Unidos de América).

Artículo 3

Las tarifas fijadas se cobrarán por pasaporte individual.

Anótese y publíquese.- Por orden de la Presidenta de la República, Mariano Fernández Amunátegui, Ministro de Relaciones Exteriores.

Lo que transcribe a US., para su...

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