Decreto 395 EXENTO - DEROGA DECRETO N° 16, DE 2007 Y ESTABLECE ORDEN DE SUBROGACIÓN EN EL CARGO DE SUBSECRETARIO DE PREVISIÓN SOCIAL - MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 239660698

Decreto 395 EXENTO - DEROGA DECRETO N° 16, DE 2007 Y ESTABLECE ORDEN DE SUBROGACIÓN EN EL CARGO DE SUBSECRETARIO DE PREVISIÓN SOCIAL

EmisorMINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
Rango de LeyDecreto

DEROGA DECRETO N° 16, DE 2007 Y ESTABLECE ORDEN DE SUBROGACIÓN EN EL CARGO DE SUBSECRETARIO DE PREVISIÓN SOCIAL

Núm. 395 exento.- Santiago, 31 de diciembre de 2008.- Vistos: lo dispuesto por los artículos 14°, 16°, 80° y 81° del DFL N° 29, de 2004, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo; lo señalado en los artículos 31°, 32°, 40°, 49° y 63° del DFL N° 1/19.653, de 2001, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; el artículo 49° de la ley N° 18.827; el DFL N° 1, de 2008, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, Subsecretaría de Previsión Social; el DS N° 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; el DS N° 16, de 2007, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; decreto N° 3, de 2008, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, y Oficio N°058555, de 2008, de la Contraloría General de la República, y

Considerando:

  1. Que con fecha 7 de noviembre de 2008, el Ministerio del Trabajo y Previsión Social dictó decreto supremo N° 75, estableciendo el orden de subrogación en el cargo de Subsecretario de Previsión Social.

  2. Que la División de Toma de Razón y Registro de la Contraloría General de la República devolvió sin tramitar el decreto antes mencionado, toda vez que la materia del mismo es objeto de un decreto exento, el cual sólo debe archivarse en la unidad correspondiente de la Subsecretaría de Previsión Social del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, conjuntamente con sus antecedentes, quedando a disposición del Organismo Contralor para su ulterior examen.

  3. Que, en cumplimiento a lo establecido precedentemente, se hace necesario proceder a dictar el acto administrativo que corresponde,

Decreto:

Primero: Derógase DS N° 16, de 2007, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, Subsecretaría de Previsión Social.

Segundo: Establécese que en caso de ausencia o impedimento del señor Subsecretario de Previsión Social, la subrogación corresponderá a los siguientes cargos, en el orden que se indica:

  1. Pedro Contador Abraham, RUT 10.668.177-5, Jefe de División, Grado 3° E.U.S., Planta Directiva, de la Subsecretaría de Previsión Social.

  2. Verónica Olmedo Tobar, RUT 12.155.386-4, Jefa de División, Grado 3° E.U.S., Planta Directiva, de la Subsecretaría de Previsión Social.

  3. Marie Solange Facusse...

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