Decreto 354 EXENTO - DECLARA NORMAS OFICIALES DE LA REPÚBLICA DE CHILE LAS QUE INDICA - MINISTERIO DE AGRICULTURA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 239605170

Decreto 354 EXENTO - DECLARA NORMAS OFICIALES DE LA REPÚBLICA DE CHILE LAS QUE INDICA

EmisorMINISTERIO DE AGRICULTURA
Rango de LeyDecreto

DECLARA NORMAS OFICIALES DE LA REPÚBLICA DE CHILE LAS QUE INDICA

Santiago, 26 de junio de 2009.- Hoy se decretó lo que sigue:

Núm. 354 exento.- Visto: lo solicitado por el Instituto Nacional de Normalización en su oficio N° 3000-0018-06, de fecha 10 de enero de 2006 y lo dispuesto en los decretos N° 456, de 1968 y N° 186, de 1994, ambos del Ministerio de Agricultura; en el DFL N° 294, de 1960, del Ministerio de Hacienda, orgánico del Ministerio de Agricultura y la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.

Decreto:

Artículo 1

Declárase Normas Oficiales de la República de Chile, las siguientes normas chilenas, con su respectivo código y título de identificación:

NCh2997.Of2006 Trazabilidad de alimentos y de la cadena alimentaria - Bovinos, caprinos, ovinos, porcinos y sus productos cárnicos.

NCh2988.Of2006 Trazabilidad de alimentos y de la cadena alimentaria - Aves comerciales, peces de cultivo y sus productos cárnicos.

Artículo 2 El presente decreto se publicará en el Diario Oficial

Las normas identificadas en él tendrán vigencia a partir de la fecha de su publicación.

Artículo 3

El texto íntegro de las normas será publicado en documentos oficiales del Instituto Nacional de Normalización.

Artículo 4

El Instituto Nacional de Normalización deberá enviar tres ejemplares de dichas normas, debidamente certificada su conformidad con el texto oficial, a la Contraloría General de la República y, además, proporcionar gratuitamente el mismo número de ejemplares a este Ministerio.

Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden de la Presidenta de la República, Marigen Hornkohl...

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