Resolución Exenta SII N° 58, Subdirección Jurídica, de 24 de Abril de 2009 - Normativa - VLEX 272301399

Resolución Exenta SII N° 58, Subdirección Jurídica, de 24 de Abril de 2009

RESOLUCION EXENTA SII N°58 DEL 24 DE ABRIL DEL 2009 MATERIA : ENCARGA CUMPLIMIENTO DE DEBER QUE INDICA.

Hoy se ha resuelto lo que sigue:

Vistos: Lo dispuesto en el artículo 7°, letras c), i) y j) de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el artículo 1° del D.F.L. N° 7 de 1980, del Ministerio de Hacienda; y en el artículo 6° letra A N° 3° del Código Tributario;

CONSIDERANDO:

1.- Que, el artículo 14 de la Ley 20.285, establece que los jefes de servicio deben pronunciarse sobre las solicitudes de acceso a la información, sea entregando la información solicitada o negándose a ello, en un plazo máximo de veinte días hábiles, contado desde la recepción de la solicitud. Señala además, que este plazo podrá ser prorrogado excepcionalmente por otros diez días hábiles, cuando existan circunstancias que hagan difícil reunir la información solicitada.

2.- Que, en el artículo 20 del mismo cuerpo normativo, se señala que si la solicitud de acceso a la información pública se refiere a documentos o antecedentes que contengan información que pueda afectar los derechos de terceros, el jefe superior, deberá comunicar a la o las personas a que se refiere afecta la información correspondiente para que puedan oponerse.

3.- Que, atendido los procedimientos que este Servicio se ha dado para responder a estas obligaciones,

RESUELVO:

Encárgase a los Jefes de Departamento Subdirección del Servicio el cumplimiento de los siguientes deberes, actuando por orden del Director:

a) Pronunciarse sobre la pertinencia de acceder a las solicitudes de información que se presenten ante la Dirección Nacional del Servicio de acuerdo al artículo 14 de la Ley 20.285.

b) Prorrogar el plazo de respuesta en los casos excepcionales a que se refiera el inciso segundo del artículo 14 de la Ley 20.285.

c) Reenviar las solicitudes de información a la autoridad correspondiente, en la medida que ésta sea posible de individualizar, informando de ello al peticionario, en los casos a que se refiere el artículo 13...

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