Resolucion núm. 7923 EXENTA, publicado el 23 de Agosto de 2013. FIJA SISTEMA DE PROCEDIMIENTO PARA TRAMITACIÓN DE PRESENTACIONES A TRAVÉS DE MEDIOS ELECTRÓNICOS ANTE ORGANISMOS QUE INDICA - MINISTERIO DE HACIENDA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 468838790

Resolucion núm. 7923 EXENTA, publicado el 23 de Agosto de 2013. FIJA SISTEMA DE PROCEDIMIENTO PARA TRAMITACIÓN DE PRESENTACIONES A TRAVÉS DE MEDIOS ELECTRÓNICOS ANTE ORGANISMOS QUE INDICA

EmisorMINISTERIO DE HACIENDA
Rango de LeyResolución

FIJA SISTEMA DE PROCEDIMIENTO PARA TRAMITACIÓN DE PRESENTACIONES A TRAVÉS DE MEDIOS ELECTRÓNICOS ANTE ORGANISMOS QUE INDICA

Núm. 7.923 exenta.- Valparaíso, 30 de julio de 2013.- Vistos:

Lo dispuesto en el artículo 8º de la ley Nº18.575, de la Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado y los artículos 5º, 14, 19 y 31 de la Ley Nº19.880 que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.

La resolución exenta Nº1.081, de 28/01/2013, que aprueba en el proyecto de Agenda Normativa 2013, la inclusión de la Medida Nº5, denominada "Recepción en cualquier oficina del Servicio presentaciones correspondientes a otra aduana del país o presentaciones ante el Director Nacional".

Considerando:

Que, se incluyó en la Agenda Normativa 2013, aprobada por resolución exenta Nº1.081, de 28/01/2013, la propuesta de la Asociación Nacional de Agentes de Aduana (Anagena), sobre estudiar la posibilidad de instruir un procedimiento, para la recepción, en cualquier oficina del Servicio, presentaciones correspondientes a otra aduana del país o presentaciones ante el Director Nacional (Medida Nº5 de la Agenda Normativa 2013).

Que, el artículo 14 de la Ley Nº19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, prescribe el principio de inexcusabilidad, en cuya virtud la Administración estará obligada a dictar resolución expresa en todos los procedimientos iniciados en cualquier forma y a notificarla, además, en caso que un órgano de la Administración no sea competente para intervenir en un determinado asunto planteado, deberá enviar de inmediato los antecedentes a la autoridad que deba conocer según el ordenamiento jurídico.

Que, de conformidad con el artículo 8º de la Ley Nº18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, los órganos públicos deben actuar por propia iniciativa en el cumplimiento de sus funciones o a petición de parte, procurando la simplificación y rapidez de los trámites.

Que, los artículos 5º y 19º de la Ley Nº19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, preceptúan que los procedimientos y actos administrativos pueden practicarse a través de técnicas o medios electrónicos.

Que, los avances alcanzados en la...

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