La excepción - 2ª PARTE. Derecho Procesal Funcional - Derecho Procesal Orgánico y Funcional - Libros y Revistas - VLEX 897243458

La excepción

AutorEric Andrés Chávez Chávez
Cargo del AutorAbogado
Páginas343-348
DEREC HO PROCES AL ORGÁNI CO Y FUN CIO NAL
343
Capítulo VI
LA EXCEPCIÓN 67
CONCEPTO.
La excepción es todo medio de defensa que utiliza el demanda-
do contra el actor para oponerse a sus pretensiones jurídicas.
Es la afirmación de hechos distintos de los invocados por el ac-
tor, que tienden a destruir su pretensión (ENRIQUE PAILLÁS PEÑA).
Al decir de nuestra jurisprudencia y de acuerdo con una
sentencia de 1938, las excepciones 󰜝son aquellas que tienen la virtud
de impedir el nacimiento del derecho, el ejercicio de la acción o extinguir
el derecho󰜞. En otra sentencia de 1950, se expresa que las 󰜝excepciones
a una demanda son los razonamientos o argumentos, con los que se
procura destruirla a objeto de obtener un fallo que la rechace󰜞.
Según EDUARDO COUTURE, la excepción como derecho de de-
fensa en juicio es el poder jurídico del demandado de oponerse a la
pretensión que el actor ha aducido ante los órganos de la jurisdicción.
Doctrinariamente, a estas excepciones se les conoce con el
nombre de reacción, y tanto acción como excepción aparecen como
derechos paralelos, en oposición.
ELEMENTOS DE LA EXCEPCIÓN.
Al igual que la acción, la excepción tiene ciertos elementos. En-
tre estos se cuentan:
1.- La existencia de un sujeto activo que es el demandante.
2.- Un sujeto pasivo constituido por el demandado, que es el
que sufre la acción que realiza el demandante.
3.- Fuera de estos elementos que se refieren a los sujetos, existe
un tercer elemento constituido por la causa, que consiste en los
hechos jurídicos inmediatos en que el demandado funda su petición
para que se rechace la demanda.
4.- Un cuarto elemento es la existencia de un objeto. Tratándose
de la excepción el objeto es lo que se pide por el demandado, es decir,
el rechazo de la demanda por no ser efectivos los hechos, por existir
una causal de extinción de la obligación, o por cualquier otro hecho
impeditivo o extintivo del derecho que se reclama.
67 Algunos autores del Derecho Procesal llaman a esta materia Defensa o Reacción.

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