Sobre la evolución de la protección penal de los bienes jurídicos supraindividuales. Precisiones y limitaciones previas para una propuesta de protección penal del orden público económico en Chile - Núm. 24-1, Enero 2017 - Revista de Derecho Universidad Católica del Norte - Libros y Revistas - VLEX 704692773

Sobre la evolución de la protección penal de los bienes jurídicos supraindividuales. Precisiones y limitaciones previas para una propuesta de protección penal del orden público económico en Chile

AutorPrado Prado, Gabriela/Durán Migliardi, Mario
Páginas263-295
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R  D U C  N - A 24 Nº 1 (2017)
Revista de Derecho
Universidad Católica del Norte
Sección: Ensayos
Año 24 - Nº 1, 2017
pp. 263-295
SOBRE LA EVOLUCIÓN DE LA PROTECCIÓN PENAL DE LOS
BIENES JURÍDICOS SUPRAINDIVIDUALES. PRECISIONES
Y LIMITACIONES PREVIAS PARA UNA PROPUESTA DE
PROTECCIÓN PENAL DEL ORDEN PÚBLICO ECONÓMICO EN
CHILE*
GABRIELA PRADO PRADO**
MARIO DURÁN MIGLIARDI***
RESUMEN: Luego de delimitar y establecer los conceptos metodoló-
gicos desde los cuales se comienza, el presente trabajo tiene como objetivo
desarrollar las principales formas de concebir la protección penal de los
bienes jurídicos supraindividuales. Esto es, desde la concepción realista
y sustancial sobre la protección de los denominados intereses difusos, a la
concepción formalizadora material proporcionada por la noción de los
bienes jurídicos colectivos. Asimismo, sobre la base de esta discusión previa,
se pretende precisar y delimitar los elementos esenciales de una futura
propuesta sobre la protección del orden público económico, como posible
bien jurídico colectivo. A manera de conclusión, se señalan los cambios y
las distinciones necesarias que se precisan para la aplicación de tal noción
en nuestro ordenamiento jurídico.
PALABRAS CLAVE: Intereses difusos – bien jurídico colectivo – Dere-
cho penal económico – orden público económico – estado social y demo-
crático de derecho.
* Fecha de recepción: 31 de marzo de 2016.
Fecha de aceptación: 11 de noviembre de 2016.
Este trabajo ha sido realizado en el marco del Proyecto Interno de Investigación DIUDA nº
15/03, de la Universidad de Atacama, titulado “El orden público económico y el Derecho
penal. Obstáculos constitucionales para la correcta protección penal del Orden Público Eco-
nómico en Chile”, del cual los autores son investigadores responsables.
** Profesora de Derecho Económico, Universidad de Atacama. Correo electrónico: gabriela.
prado@uda.cl
*** Profesor de Derecho Penal y Criminología, Universidad de Atacama. Correo electrónico:
mario.duran@uda.cl
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Gabriela Prado Prado - Mario Durán Migliardi
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ABOUT THE EVOLUTION OF CRIMINAL LEGAL PROTECTION
OF SUPRAINDIVIDUAL LEGAL ASSETS. CLARIFICATIONS AND
LIMITATIONS FOR PRE-PROPOSAL FOR PROTECTION OF
ECONOMIC CRIMINAL LAW ENFORCEMENT IN CHILE
ABSTRACT: After de ning and establishing the central methodolo-
gical concepts, this paper aims to establish the main forms of conceiving
supraindividual criminal protection of legal assets.  at is to say, realistic
and substantial conception on the protection of so-called di use interests,
to formalizing conception provided by the notion of collective legal as-
sets. Additionally, based on this prior discussion, it is intended to clarify
and de ne the essential elements of a future proposal on the protection
of public economic order as a possible legal collective asset. To conclude,
the changes and the necessary distinctions that are required for the imple-
mentation of such notion in our legal system are pointed out.
KEY WORDS: Di use interests – Collective Legal Asset – Economic
Criminal Law – Public Economic Order – Social and Democratic State of
Law.
Sumario: 1) Introducción y delimitación. 2) La concepción realista y
sustancial sobre la protección de los bienes jurídicos supraindividuales: los
denominados “intereses difusos”. 3) La concepción formalizadora material de
los intereses supraindividuales: los denominados bienes jurídicos colectivos. 4)
Las principales características de los bienes jurídicos colectivos. 5) Precisiones
y limitaciones previas para una propuesta de protección penal del orden pú-
blico económico en Chile. 6) A manera de conclusión. Bibliografía.
1) INTRODUCCIÓN Y DELIMITACIÓN
Como bien señala Roxin1, desde hace más o menos diez años, la
cuestión de si es posible poner límites al poder punitivo del Estado limi-
tándolo a la lesión o puesta en peligro de bienes jurídicos vuelve a ser ob-
jeto de una viva discusión. La actualidad del tema y lo extraordinariamen-
te debatido, tanto en la doctrina como en la jurisprudencia comparada,
justi can traer a colación tal cuestión a propósito de los graves problemas
de vulneración al orden público económico (en adelante OPE) que últi-
mamente se han venido suscitando en nuestro país.
1 R, Claus (2013) “El concepto de Bien Jurídico como instrumento de crítica legislativa
sometido a examen”. RECPC 15-01, pp. 1 y ss. Disponible en: http://criminet.ugr.es/recpc
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En este sentido, y como es sabido, la protección de bienes jurídicos
supraindividuales o colectivos surge como una técnica de punibilidad
propia del Estado social y democrático de derecho y como tal, no cons-
tituye una técnica necesariamente lesionadora de derechos o garantías
de los ciudadanos2. Por el contrario, ha sido construida –y allí nace su
discusión– como un instrumento para hacer frente a los nuevos peligros
propios de la sociedad del riesgo3, de la sociedad de la información y de
los avances tecnológicos, situación que ha dado origen al denominado fe-
nómeno de la expansión del Derecho penal4. Cuestión esta frente a la cual
ha quedado superado el actual texto constitucional y la noción de OPE
que contiene.
En este sentido, partiendo de la base que el Derecho penal tiene
como principio fundamental la exclusiva protección de bienes jurídicos,
y no la función de con rmar la vigencia de la norma, cabe preguntarse
sobre las reales posibilidades que tiene el concepto de bien jurídico de
ofrecer resultados concretos en la protección del OPE y, con ello, dar un
marco fundamentador no solo para la política criminal en materia econó-
mica, sino también para la discusión dogmática sobre la concreta validez
jurídica de un precepto penal en dicha materia5.
2 Así, la Constitución española de 1978 establece, en su art. 1º Nº 1 que, “España se consti-
tuye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores
de su ordenamiento jurídico, la libertad, la justicia, la igualdad, y el pluralismo político”. Su
art. 9 Nº 2, prescribe que, “Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones
para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integran sean reales
y efectivas; remover los obstáculos que impidan o di culten su plenitud y facilitar la partici-
pación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social”.
3 B, Ulrich (1998) La sociedad del riesgo. Hacia una nueva modernidad. Barcelona: Paidós.
4 D  C, Paz (2005) “Sociedad del riesgo y Derecho penal”. En Reyna, Luis (coor-
dinador): Nuevas tendencias en el Derecho penal económico y de la empresa. Lima: ARA, pp.
159-179. Entre nosotros, en la misma línea, H, Héctor (2005) “Perspectivas
del Derecho penal económico en Chile”. Persona y Sociedad, Vol. XIX, N° 1, Universidad
Alberto Hurtado, pp. 101-134. Respecto del fenómeno de la expansión del Derecho penal,
en general, S, Jesús-María (2001) La expansión del Derecho penal. Aspectos de la política
criminal en las sociedades postindustriales. Madrid: Civitas. Respecto del fenómeno de la ex-
pansión del Derecho penal económico, en particular, D, Massimo (2004) “¿Una nueva
edad media penal? Lo viejo y lo nuevo en la expansión del Derecho penal económico?”. En
Terradillos, Juan María y Acale, María (coordinadores): Temas de Derecho penal Económico.
Madrid: Trotta, pp. 197-217. T, Juan (2004) “Globalización, administrativiza-
ción y expansión del Derecho penal económico”. En Terradillos, Juan María y Acale, María
(coordinadores): Temas de Derecho penal Económico. Madrid: Trotta, pp. 219-240.
5 H, Hernán (2003) “Consecuencias político criminales y dogmáticas del princi-
pio de exclusiva protección de bienes jurídicos”. Revista de Derecho de la Universidad Austral
de Chile, Vol. XIV, pp. 125 y ss; M, Francisco (2001) “Protección de bienes jurídicos
como límite constitucional del Derecho Penal”. En Quintero, Gonzalo y Morales, Fermín
(coordinadores): El nuevo Derecho penal español. Estudios penales en memoria del profesor José
Manuel Valle Muñiz. Madrid: Aranzadi, pp. 561 y ss. G, Percy (2003) Derecho penal
económico. Parte General. Lima: ARA, pp. 40-43.

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