Estudio comparado de la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, sobre representación política en contextos multiculturales - Núm. 5, Julio 2014 - Revista de Derecho - Libros y Revistas - VLEX 643502081

Estudio comparado de la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, sobre representación política en contextos multiculturales

AutorJaime Gajardo Falcón
CargoAbogado. Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad de Chile
Páginas179-223
Estudio comparado dE la jurisprudEncia dE la cortE intEramEricana dE
dErEchos humanos y El tribunal EuropEo dE dErEchos humanos
Revista de Derecho · Escuela de Postgrado Nº 5, julio 2014
Páginas 179 - 224
ISSN 0719 - 1731
179
DOCTRINA
ESTUDIO COMPARADO DE LA JURISPRUDENCIA
DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS
HUMANOS Y EL TRIBUNAL EUROPEO DE DERECHOS
HUMANOS, SOBRE REPRESENTACIÓN POLÍTICA EN
CONTEXTOS MULTICULTURALES*1
a coMPaRative study oF JuRisPRudence, between the inteR-aMeRican
couRt oF huMan Rights and euRoPean couRt oF huMan Rights,
RegaRding Political RePResentation in MulticultuRal contexts
étude coMPaRative de la JuRisPRudence de la couR inteRaMéRicaine
des dRoits de lhoMMe et la couR euRoPéenne des dRoits de lhoMMe
suR RePRésentation Politique dans des contextes MulticultuRels
JaiMe gaJaRdo Falcón**2
Resumen
Desde el presupuesto del multiculturalismo como un hecho de las sociedades actuales, este
trabajo revisa las propuestas que se han formulado desde la f‌ilosofía política para adecuar
la representación política y por ende los derechos fundamentales que la hacen operativa y las
contrasta con la jurisprudencia de dos tribunales internacionales: La Corte Interamericana
de Derechos Humanos y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
La tesis central del presente trabajo es que la representación política y los derechos fun-
damentales que la hacen operativa en contextos multiculturales, deben ser especialmente
considerados al momento de realizar la interpretación y ponderación de los derechos, con el
objeto de posibilitar un diálogo y reconocimiento cultural.
PalabRas claves: Multiculturalismo – representación política – Tribunal Europeo de Derechos
Humanos – Corte Interamericana de Derechos Humanos
abstRact
Although multiculturalism is a fact of modern societies, political representation and funda-
mental rights must be adequate in order to make it operational. This paper will review the
proposals which have been put forward in the f‌ield of political philosophy. For this purpose,
the case-law of two international courts (The Inter-American Court of Human Rights and
the European Court of Human Rights) will be contrasted.
*1Artículo recibido el 24 de septiembre de 2014 y aceptado para su publicación el 15 de enero de 2014.
**2Abogado. Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad de Chile. Magíster en Derecho,
con mención en Derecho Público de la Universidad de Chile. Máster en Gobernanza y Derechos Humanos
de la Universidad Autónoma de Madrid. Máster en Derecho Constitucional, Centro de Estudios Políticos
y Constitucionales (España). Doctorando en Derecho y Ciencia Política por la Universidad Autónoma de
Madrid. Personal investigador en formación, Universidad Autónoma de Madrid. Agradezco a la Dra. Sara
Sánchez Iglesias por toda su colaboración, comentarios y críticas al presente trabajo. Correo electrónico:
gajardofalcon@gmail.com.
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DOCTRINA
The main thesis of this paper is that political representation and fundamental rights, which
are operational in multicultural environments, should be especially considered when interpret-
ing and weighting these rights, in order to facilitate dialogue and cultural acknowledgement.
Key woRds: Multiculturalism – Political representation, European Court of Human Rights
– Inter-American Court of Human Rights
Résumé
Sur le principe du multiculturalisme comme un fait acquis des sociétés modernes, ce document
examine les propositions qui ont été faites à partir de la philosophie politique pour aboutir
à adapter la représentation politique et les droits fondamentaux et leur contraste avec la
jurisprudence de deux tribunaux internationaux: la Cour interaméricaine des droits de
l’homme et la Cour européenne des droits de l’homme.
La thèse centrale de cet article est que la représentation politique et les droits fondamentaux
dans des contextes multiculturels, doivent être considérés dans l’interprétation et la pondération
de droits de l’homme, af‌in de faciliter le dialogue et la reconnaissance culturelle.
mots clés: Multiculturalisme – Représentation politique – la Cour Européenne des Droits
de l’homme – Cour Interaméricaine des Droits de l’homme
intRoducción
El multiculturalismo1, entendido como el pluralismo de las culturas al inte-
rior de una sociedad política, esto es, de los universos simbólicos que conf‌ieren
signif‌icado a las elecciones y a los planes de vida de aquellos que la habitan2, es
considerado hoy un fenómeno, es decir, un hecho histórico que se encuentra pre-
sente en la gran mayoría de las democracias modernas3.
Así, el fenómeno multicultural tiene importantes consecuencias normativas
y prácticas, pudiendo optar, tanto los teóricos del derecho como sus operadores
jurídicos, por alguna de las siguientes opciones: 1) ignorar o negar el multicul-
turalismo y, por ende, construir la teoría y la práctica del derecho sin tomarlo en
cuenta; 2) reconocer la existencia del fenómeno multicultural, pero plantear que
sus consecuencias pueden explicarse y gestionarse sin la necesidad de introducir una
óptica multicultural o nuevo paradigma en la teoría jurídica; 3) que el fenómeno
multicultural y su relación con el derecho requiere de una nueva teorización y
fundamentación y, por ende, una adecuación de las instituciones jurídicas.
En el plano teórico y político, la discusión que se lleva cabo en sociedades
multiculturales sobre la representación política y, en consecuencia, sobre la con-
f‌iguración de los derechos que la hacen operativa (principalmente: participación
política y libertad de asociación), transita según la visión general que se tenga.
1 Véase el concepto operacional de multiculturalismo, que utilizo para el trabajo, y las fuentes del mismo,
en: KyMlicKa, Will (1995). Multicultural Citizenship. Oxford: Oxford University Press, pp. 16-19.
2 viola, Francesco (2003). “Constitución y multiculturalismo”. Ragion practica, Nº 11, pp. 33-71.
3 gutMann, Amy (2008). La identidad en democracia [Identity in democracy]. oteRo, Estela (Trad.),
Buenos Aires: Katz Editores, p. 68.
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dErEchos humanos y El tribunal EuropEo dE dErEchos humanos
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DOCTRINA
Para quienes teorizan desde el liberalismo más clásico, la representación política
no debiera ser conf‌igurada en términos diferentes a los que ya conocemos4. En
el extremo opuesto, los teóricos del comunitarismo plantean una representación
política que se confunde con la idea de autogobierno5. Situados en un punto
intermedio, autores que se adscriben a un liberalismo (cultural o nacional) que
tenga en cuenta la variable multicultural, buscan conf‌igurar un derecho especial
de representación política en contextos multiculturales y adecuarlo dentro de los
marcos del Estado democrático y constitucional de derecho6.
En el plano jurisprudencial, con sus diferencias, la Corte Interamericana de
Derechos Humanos (en adelante “Corte IDH”) y el Tribunal Europeo de Derechos
Humanos (en adelante “TEDH”), se han pronunciado sobre la conf‌iguración de
la representación política en sociedades multiculturales, estableciendo su conteni-
do, límites y alcances. En relación con ello, se plantean múltiples cuestiones: ¿Ha
permeado a la jurisprudencia de la Corte IDH y el TEDH la óptica multicultural?
¿Hay diferencias sustanciales en la forma de abordar la representación política en
sociedades multiculturales entre la Corte IDH y el TEDH? ¿Es posible adscribir
las sentencias propuestas en alguna de las corrientes f‌ilosóf‌ica políticas: libera-
lismo clásico, comunitarismo y liberalismo cultural? Al momento de realizar la
interpretación y ponderación de la normativa nacional e internacional de derechos
humanos, ¿la óptica multicultural debiera plantear alguna especial consideración?
Contestar estas interrogantes y las que se derivan al respecto, es el objetivo de la
investigación.
El estudio se justif‌ica por razones teóricas, contingentes y prácticas. Desde un
punto de vista teórico, el análisis sobre la concreción (contenido, límites y alcances)
de los derechos humanos establecidos en los instrumentos regionales (similares)
de protección de los mismos, nos permite estudiar la forma en que los jueces
construyen sus decisiones. Asimismo, la comparación de las sentencias nos ayuda
a colocar dicho proceso en perspectiva y revisar el modelo teórico en el que los
jueces internacionales anclan sus razonamientos y argumentaciones7. Conectado
con lo anterior, desde un punto de vista contingente, el estudio se justif‌ica por el
fenómeno de crisis de soberanía de los estados-nación8. A raíz de lo anterior, los
4 Cf. baRRy, Brian (2005). Culture and equality: an egalitarian critique of multiculturalism. Cambridge: Polity.
Cf. gaRzón valdéz, Ernesto (1993). Derecho, ética y política. Madrid: Centro de Estudios Constitucionales.
5 Cf. tayloR, Charles (1994). “The Politics of Recognition”. En: Multiculturalism, Princeton: Princeton
University Press, pp. 25-73.
6 Cf. KyMlicKa (1995), pp. 131-151. Cf. young, Iris (2000). Inclusion and Democracy. New York: Oxford.
7 Cf. senden, Hanneke (2011). Interpretation of Fundamental Rights in a Multilevel Legal System. Cam-
bridge: Intersentia, pp. 3-6. Para un análisis de los conf‌lictos de derechos humanos como derechos morales,
véase: álvaRez Medina, Silvina (2008). “Pluralismo moral y conf‌lictos de derechos fundamentales”. Doxa,
Nº 31, pp. 23-53.
8 Cf. FeRRaJoli, Luigi (2010). La soberanía en el mundo moderno [La sovranità nel mondo moderno]. ibáñez,
Perfecto y gRePPi, Andrea (Trads.), Madrid: Editorial Trotta, pp. 125-175. Cf. núñez Pobl ete, Manuel

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