El establecimiento de comercio - Título II. Organización jurídica de la empresa - Primera Parte. Los actos de comercio y la organización jurídica de la empresa - Derecho Comercial. Tomo I. Volumen 1 - Libros y Revistas - VLEX 258061958

El establecimiento de comercio

AutorRicardo Sandoval López
Cargo del AutorProfesor Catedrático Visitante, Universidad Pablo de Olavide, Sevilla, España. Miembro de 'International Academy of Commercial and Consumer Law' (EE.UU.)
Páginas193-201
193
Derecho Comercial
271. Generalidades. Hemos dicho que
en el fenómeno empresa se advierten dos
aspectos: un aspecto objetivo o material,
constituido por el conjunto de bienes de
los que el empresario se vale para el ejer-
cicio de su actividad empresarial, y un
aspecto subjetivo, representado por la fun-
ción del sujeto que organiza los diversos
elementos y que asume el carácter de ti-
tular de los derechos y obligaciones que
nacen como consecuencia de dicha acti-
vidad. En el aspecto subjetivo radica la
noción de empresa en el sentido jurídi-
co. El aspecto objetivo corresponde a lo
que estudiaremos ahora bajo la noción
de establecimiento de comercio.
El derecho comercial contemporáneo,
junto con proporcionar las formas o es-
tructuras para la organización jurídica de
la empresa, se ocupa también del con-
junto de bienes que el empresario orga-
niza para cumplir su función económica.
Nuestra disciplina trata de encauzar en
el terreno jurídico este conjunto hetero-
géneo de bienes, señalándoles una fun-
ción económica al mismo tiempo que
estableciendo un régimen al cual quedan
sujetos.
Dentro del conjunto de bienes que
constituyen el establecimiento de comer-
cio, se distinguen algunos que tienen el
carácter de bienes corporales, tales como
las mercaderías, los útiles, las instalacio-
nes, estanterías, vehículos, etc., y otros
que son de naturaleza incorporal, como
el nombre comercial, las marcas comer-
ciales, el derecho al local, el derecho de
llaves, etc.
La noción de establecimiento de co-
mercio aparece cuando se advierte que
todos estos bienes constituyen un todo y
que como conjunto quedan sometidos a
un régimen jurídico propio distinto del
que se aplica a cada uno de sus elemen-
tos en particular. Fue reconocida en el
derecho positivo por una ley francesa de
fines del siglo XIX (1872), que aplicó un
impuesto a venta del fondo de comercio.
Más tarde la institución se ve confirmada
por otra ley francesa de 1898, la cual,
con el objeto de facilitar el crédito a los
comerciantes, permitió constituir una
prenda sin desplazamiento sobre el esta-
blecimiento de comercio.1
Se trata de una noción difícil de defi-
nir, toda vez que los autores no están de
acuerdo sobre los elementos que la cons-
tituyen ni sobre su naturaleza jurídica.
Tampoco aparece definida en los textos
legales.
En el estudio de esta materia nos re-
feriremos a la noción y elementos, a la
naturaleza jurídica y a los actos jurídicos
sobre el establecimiento de comercio.
Sección I
Noción y elementos del establecimiento
de comercio
272. La noción de establecimiento de co-
mercio. En el aspecto económico resulta
relativamente fácil comprender y defi-
nir la noción de establecimiento de co-
mercio, pues ella envuelve todos los
bienes afectos a una determinada explo-
tación mercantil. En el aspecto jurídico,
por el contrario, el concepto presenta
mayores dificultades, razón que mueve
a los tratadistas a rehuir el peligro de las
definiciones y a señalar únicamente sus
elementos.
Un autor italiano,2 en una definición
que no separa lo económico y lo jurídi-
co, señala que establecimiento de comer-
cio es “el conjunto de fuerzas productivas
y de bienes, homogéneos y heterogéneos,
relativos a un determinado ejercicio co-
mercial o industrial y que, como organis-
mo económico compacto, en función y
existencia independiente de la vida del
1 RIPERT, ob. cit., Nº 523, p. 316.
2 DI GUGLIELMO, A., Tratado de Derecho Indus-
trial, Tipográfica Editora Argentina, Buenos Aires,
1958, t. I, p. 1.
Capítulo VI
EL ESTABLECIMIENTO DE COMERCIO

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