Decreto 299 EXENTO - ESTABLECE RÉGIMEN ARTESANAL DE EXTRACCIÓN POR ORGANIZACIÓN PARA LAS PESQUERÍAS ARTESANALES DE ANCHOVETA, SARDINA COMÚN Y JUREL EN LA V REGIÓN
Emisor | MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION |
Rango de Ley | Decreto |
ESTABLECE RÉGIMEN ARTESANAL DE EXTRACCIÓN POR ORGANIZACIÓN PARA LAS PESQUERÍAS ARTESANALES DE ANCHOVETA, SARDINA COMÚN Y JUREL EN LA V REGIÓN
Núm. 299 exento.- Santiago, 4 de febrero de 2010.- Visto: Lo informado por el Departamento de Análisis Sectorial de la Subsecretaría de Pesca en Memorándum (D.A.S.) Nº 219/09, de fecha 29 de diciembre de 2009; los oficios (D.J.) Ord. Nº 2207, de fecha 5 de noviembre de 2009, y (D.D.P.) Ord. Nº 2539, de fecha 11 de diciembre de 2009, que da cuenta de la consulta efectuada por la Subsecretaría de Pesca al Presidente del Consejo Zonal de Pesca de la V a IX Regiones e Islas Oceánicas; el oficio Ord. Nº 430082609, de fecha 11 de noviembre de 2009, que da cuenta de la consulta efectuada por dicho Consejo a las organizaciones de pescadores artesanales de la V Región; el Oficio Ord. Nº 430087809, de fecha 15 de diciembre de 2009, que da cuenta del pronunciamiento del Consejo Zonal de Pesca de la V a IX Regiones e Islas Oceánicas, respecto del informe técnico elaborado por la Subsecretaría de Pesca; lo dispuesto en el artículo 32 Nº 6 de la Constitución Política del Estado; el D.F.L. Nº 5 de 1983, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; la Ley General de Pesca y Acuicultura Nº 18.892 y sus modificaciones, cuyo texto refundido fue fijado por el D.S. Nº 430 de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; las leyes Nº 19.713, Nº 19.822, Nº 19.849 y Nº 20.175; el D.S. Nº 296 de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción que aprueba el Reglamento del Régimen Artesanal de Extracción establecido en el articulo 48 A de la Ley General; los D.S. Nº 409 de 2000 y Nº 11 de 2003, ambos del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; la resolución Nº 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República; la resolución exenta Nº 2.082 de 2009, de la Subsecretaría de Pesca.
Considerando:
Que las pesquerías artesanales de Anchoveta Engraulis ringens, Sardina común Strangomera bentincki y Jurel Trachurus murphyi en la V Región se encuentran con su acceso suspendido de conformidad con lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley General de Pesca y Acuicultura.
Que el artículo 48 A de la Ley General de Pesca y Acuicultura, incorporado por la ley Nº 19.849, establece la facultad y el procedimiento para establecer el Régimen Artesanal de Extracción en las pesquerías que tengan su acceso suspendido conforme los...
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