¿Es correcta la elección del método de cálculo de la reducción del precio en los principios latinoamericanos de contratos? - Núm. 22, Julio 2014 - Revista Chilena de Derecho Privado - Libros y Revistas - VLEX 651617641

¿Es correcta la elección del método de cálculo de la reducción del precio en los principios latinoamericanos de contratos?

AutorAlfredo Ferrante
CargoLicenciado por la Università di Pisa y por la Universidad de Oviedo
Páginas9-49
Artículos de doctrina
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Julio 2014 ¿Es corrEcta la ElEcción dEl método dE cálculo dE la rEducción dEl prEcio...Revista Chilena de Derecho Privado, Nº 22, pp. 9-49 [julio 2014]
¿ES CORRECTA LA ELECCIÓN
DEL MÉTODO DE CÁLCULO
DE LA REDUCCIÓN DEL PRECIO
EN LOS PRINCIPIOS LATINOAMERICANOS
DE CONTRATOS?
IS IT RIGHT THE ELECTION OF METHOD
IN CALCULATING THE REDUCTION
IN THE PRICE IN THE LATIN AMERICAN
PRINCIPLES OF CONTRACT LAW?
EST-CE CORRECT LE CHOIX
DE LA MÉTHODE DE CALCUL
DE LA RÉDUCTION DU PRIX DANS
LES PRINCIPES D’AMÉRIQUE LATINE
DES CONTRATS?
Alfredo Ferrante*
rESumEn
El proyecto de Principios Latinoamericanos de Derecho de Contratos
incorpora la reducción del precio como un medio de tutela del acreedor
aplicable a cualquier contrato, lo que, sin duda, constituye un aspecto
loable. No obstante, este instrumento adopta un método de cálculo de
reducción que retoma aquél contenido en el art. 50 de la Convención de
Viena. Las páginas que siguen, luego de presentar una introducción sobre
el proceso de unif‌icación del Derecho Latinoamericano de Contratos, se
* Licenciado por la Università di Pisa y por la Universidad de Oviedo. Doctor en
Derecho con mención europea por la Universidad de Oviedo. Professor Lector de Dret
Civil. Universitat de Girona, Facultat de Dret, Department de Dret Privat, Dirección postal:
Campus Montilivi, 17071 Girona, España. Artículo recibido el 13 de diciembre de 2013
y aceptado para su publicación el 21 de enero de 2013. Correo electrónico: ferrante@
elaw.udg.edu.
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Artículos de doctrina
Alfredo Ferrante RChDP Nº 22
centran en analizar críticamente esta elección, intentando demostrar por
qué ella no sería la más adecuada.
palabraS clavES: Reducción del precio, Principios Latinoamericanos
de Contratos, medios de tutela del acreedor, prestación defectuosa o no
conforme, art. 50 Convención de Viena sobre Compraventa Internacional
de Mercaderías, Derecho Comparado.
abStract
The Latin American Principles of Contract Law project adopted the price
reduction as a general remedy which can be applied to any contract, right
position. They also approve a calculation method of reduction in price
which is the same of art. 50 CISG. The paper, after an introduction which
describes the process of unif‌ication of contract law in Latin American,
realizes a critical analysis of this election and it demonstrates that this
election is not the most appropriate.
Keywords: Reduction in Price, Latin American Principles of Contract Law,
Contractual Remedies, Non-conforming or Defective performance, Art.
Goods, Comparative law.
réSumé
Le projet des Principes d’Amérique latine du droit des contrats a adopté
la réduction du prix comme un remède général qui peut être appliqué à
n’importe quel contrat, position appréciable. Ils approuvent également
une méthode de calcul de la réduction du prix qui est le même de l’art. 50
CVIM. Cet article doctrinal, après d’une introduction qui décrit le processus
d’unif‌ication du droit des contrats en Amérique latine, réalise une analyse
critique de cette élection et il démontre que n’est pas la plus appropriée.
Mots-clés: Réduction du prix, Principes d’Amérique Latine du Droit des
Contrats, modes de dédommagement, prestation non conforme ou dé-
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Artículos de doctrina
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1. planEamiEnto
Con ocasión de un congreso celebrado en Santiago y Valparaíso, los días
19 y 20 de noviembre de 20131, se ha presentado públicamente el esta-
do actual de los Principios Latinoamericanos de Derecho de Contratos.
Las siguientes líneas tienen como f‌inalidad analizar, con afán crítico, el
artículo previsto para la reducción del precio e intentarán demostrar que
otra redacción sería más apropiada.
La primera parte de este trabajo procederá a sistematizar algunos
aspectos de unif‌icación latinoamericana del Derecho de Contratos, para
destacar su importancia y utilidad, mientras la segunda centrará su aten-
ción, en la fórmula adoptada por los Principios para el cálculo de la re-
ducción del precio. El objetivo de este artículo, dejando aparte la relación
entre la reducción del precio, los daños y perjuicios2 y demás medios de
tutela del acreedor3, o el estudio de otros aspectos4, como su naturaleza
jurídica5, es centrarse en valorar si es efectivamente oportuno adoptar el
1 Congreso internacional “El Derecho de los contratos: formación, cumplimiento
e incumplimiento”, celebrado en Santiago de Chile y Valparaíso, los días 19 y 20 de
noviembre de 2013, respectivamente, y patrocinado en conjunto por la Fundación
Fernando Fueyo Laneri y las facultades de Derecho de la Universidad Diego Portales y de la
Pontif‌icia Universidad Católica de Valparaíso. Sobre una panorámica de las jornadas romE
(2013), p. 2689. Sobre los Principios moralES morEno (2014), pp. 227-254. Véase la útil
documentación en la página of‌icial de la Fundación Fueyo Laneri (www.fundacionfueyo.
udp.cl/catedra_derecho_continental.php), también. pizarro WilSon (2012a); EyzaguirrE
baEza y rodríguEz diEz (2013), pp. 137-215.
2 Para la jurisprudencia chilena véase v.gr. las sentencias pronunciadas por la Corte
Suprema en los casos Larzabal Beraza, Rosario c/ Sociedad Inmobiliaria Talasia Ltda.
(2008); Servicios de impresión J.A. Amenábar Ltda. c/ Iván M. Fuentes Riquelme (2008)
A.G.F. Allianz Chile Compañía de Seguros Generales S.A. c/ Le Torneau Inc. (2010).
Sobre el punto, más ampliamente véase FErrantE (2013a), p. 81 y ss, en relación con el
Derecho chileno: véase prado lópEz (2013), p. 372 y ss.
3 En la doctrina chilena se constata la progresiva “horizontalidad” entre medios
contractuales a favor del acreedor, sobre todo bajo la inf‌luencia del Derecho Comparado
y europeo: cfr. bahamondES oyarzún (2011), pp. 246 y 262.
4 Por ejemplo, en los Principios Latinoamericanos se identif‌ica a la reducción del
precio como un derecho del acreedor. Sin embargo, ello no es necesariamente así. Piénsese
en un contrato con prestaciones recíprocas como, la compraventa, en que cada sujeto
es acreedor frente al otro. En este caso, el interés para el acreedor-comprador frente al
incumplimiento será pedir la reducción del precio, pero no lo será nunca para el acreedor-
vendedor. El vendedor tiene como interés exactamente el contrario, es decir, demandar
un mayor importe monetario, nunca su reducción.
5 Importante es tratar otros aspectos como la naturaleza de la reducción del precio y el
ejercicio extrajudicial o judicial del mismo. La doctrina chilena ha empezado a analizar este
aspecto véase. prado lópEz (2013), p. 382. Correctamente, los Principios Latinoamericanos
no confunden la naturaleza de la reducción del precio ni con los daños y perjuicios, ni con
la resolución parcial. De forma más amplia véase FErrantE (2013a), p. 29 y ss.
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