Equidad y solidaridad territoriales en Chile. Algunas reflexiones preliminares - Núm. 25-2, Junio 2019 - Ius et praxis - Libros y Revistas - VLEX 808660453

Equidad y solidaridad territoriales en Chile. Algunas reflexiones preliminares

AutorBenoît Delooz Brochet
Páginas461-486
Trabajo฀recibido฀el฀21฀de฀mayo฀de฀2018฀y฀aceptado฀el฀3฀de฀mayo฀de฀2019
Equidad y solidaridad territoriales en Chile.
Algunas ref‌lexiones preliminares*
EQUITY AND TERRITORIAL SOLIDARITIES IN CHILE. SOME PRELIMINARY
REFLECTIONS
BENOÎT DELOOZ BROCHET**
RESUMEN
Las exigencias constitucionales de equidad y solidaridad territorial inspiran el actuar del conjunto
de los órganos del Estado y, particularmente, vinculan al legislador a la administración para
lograrlas, a través de herramientas que cuestionan la autonomía de los territorios.
ABSTRACT
The constitutional requirements of equity and territorial solidarities inspire the actions of all the
organs of the State, and particularly link the legislator to the administration to achieve them,
through tools that question the autonomy of the territories.
PALABRAS CLAVE
Solidaridad territorial, compensación f‌inanciera, cooperación territorial
KEY WORDS
Territorial solidarity, f‌inancial compensation, territorial cooperation
Introducción
El presente trabajo intenta discernir las herramientas de concretización de
las exigencias constitucionales de equidad y solidaridad desde un punto de vista
territorial y normativo. Como se ha señalado, “resulta dramática la ignorancia
generalizada de dicho principio (de solidaridad) como una de las bases de nues-
tra institucionalidad”1, ref‌lexión que se aplica también al principio de equidad.
Como principios constitucionales y legales, inspiran el actuar del conjunto de
los órganos del Estado, y particularmente al legislador y a la administración,
*฀ Este฀trabajo฀forma฀ parte฀del฀ proyecto฀de฀investigación฀Fondecyt฀Iniciación฀ Nº฀11160082,฀titulado฀
“Teoría y práctica jurídica de la acción territorial conjunta. Bases para un nuevo paradigma jurídico de
la descentralización, con especial relevancia para Chile”, del cual el autor es investigador responsable.
**฀ Docteur฀en฀Droit฀Public฀de฀l’Université฀de฀Toulouse฀1฀Capitole฀y doctor en Derecho por la Universidad
de฀Chile.฀Académico฀del฀Instituto฀de฀Investigación฀en฀Derecho฀(IID)฀-฀Universidad฀Autónoma฀de฀Chile,฀
Chile: benoit.delooz@uautonoma.cl.
1 QUINTANA฀(1993),฀p.฀635.
461
Revista฀Ius฀et฀Praxis,฀Año฀25,฀Nº฀2
2019,฀pp.฀461฀-฀486
Revista฀Ius฀et฀Praxis,฀Año฀25,฀Nº฀2,฀2019,฀pp.฀461฀-฀486
ISSN฀0717฀-฀2877
Universidad฀de฀Talca฀-฀Facultad฀de฀Ciencias฀Jurídicas฀y฀Sociales
Equidad y solidaridad territoriales en Chile.
Algunas ref‌lexiones preliminares
Benoît Delooz Brochet
Ensayos / Essays BENOÎT DELOOZ BROCHET
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para perseguirlos con el f‌in de lograr la solidaridad entre los territorios. Ahora
bien, más allá de la constatación de que las nociones de equidad y solidaridad
territoriales limitan forzadamente la descentralización, es de interes general
entender cómo se combinan, en la práctica, con la siempre relativa autonomia
de los entes territoriales (en adelante, ET), en el marco institucional del Estado
unitario.
Si฀es฀solo฀en฀20052 que se incorporó a la Constitución Política de la República
(en adelante, CPR) una referencia expresa a la solidaridad –en el artículo 3°,
inciso฀2º–,฀el฀citado฀autor฀había฀mostrado฀–ya฀en฀1993–฀cómo฀el฀principio฀de฀
solidaridad se encontraba implícito tanto en las bases de la institucionalidad
como en varias disposiciones constitucionales3. Las nociones o aspiraciones
de equidad y/o solidaridad territorial son a menudo tratadas desde el principal
enfoque –sino el único– económico o f‌inanciero, a través del estudio de los
instrumentos de compensación f‌inanciera. Esa visión debe ser superada, así
como la que considera el problema solo desde el punto de vista de la solidaridad
entre territorios (3), olvidando que la primera manifestación de la solidaridad
territorial es la de los territorios hacia sus habitantes (2), pues la primera res-
ponde más bien a exigencias de equidad impuestas por el Estado central o a
dispositivos permitidos por él.
Obviamente, esa presentación, que se pretende didáctica, no puede escon-
der la realidad: las diferentes relaciones se cruzan permanentemente, razón
por la cual conviene –previamente– aclarar algunos posibles alcances de los
términos฀aquí฀estudiados,฀como฀sus฀relaciones฀(1),฀es฀decir฀el฀marco฀teórico฀de฀
la intervención de los ET sobre sus jurisdicciones.
1. Algunas precisiones conceptuales acerca de la equidad y de las
solidaridades territoriales, y de sus relaciones
Los términos equidad y solidaridad son mencionados expresamente una
sola vez en la CPR4,฀artículo฀115,฀inc.฀1º฀y฀3º,฀respectivamente.฀Sin฀embargo,฀
2฀ Art.฀1°,฀Nº฀1,฀Ley฀Nº฀20.050,฀de฀2005.
3 QUINTANA฀(1993),฀p.฀635.
4฀ A฀nivel฀internacional,฀son฀ interesantes฀instrumentos฀la฀ Carta-Agenda฀Mundial฀por฀ el฀Derecho฀a฀la฀
Ciudad฀y฀la฀Carta฀Europea฀de฀Salvaguarda฀de฀los฀Derechos฀Humanos฀en฀la฀Ciudad,฀porque฀se฀reeren฀
especif‌icamente a esas dos nociones. Uno de los principios que guían la primera es la justicia social
para conseguir que todos los habitantes de las urbes accedan a unas condiciones de vida dignas. El
objetivo de este instrumento es garantizar la igualdad de oportunidades y que todas las personas tengan
acceso “a un patrón de vida adecuado”. En este contexto, las ciudades deben estar preparadas para
ofrecer servicios a los ciudadanos y satisfacer sus necesidades con criterios de equidad. A modo de
ejemplo, su preámbulo señala la “necesidad de favorecer en nuestras ciudades y territorios un desarrollo
sostenible, equitativo, inclusivo y respetuoso con los derechos humanos sin discriminación; y de la
Revista Ius et Praxis, Año 25, Nº 2
2019, pp. 461 - 486

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