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Decreto 132 - PROMULGA EL MEMORÁNDUM DE ENTENDIMIENTO ENTRE LA REPÚBLICA DE CHILE Y EL REINO DE ESPAÑA PARA UNA ASOCIACIÓN SOBRE COOPERACIÓN TRIANGULAR Y SUS NOTAS COMPLEMENTARIAS

EmisorMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Rango de LeyDecreto
Fecha de entrada en vigor 6 de Agosto de 2010

PROMULGA EL MEMORÁNDUM DE ENTENDIMIENTO ENTRE LA REPÚBLICA DE CHILE Y EL REINO DE ESPAÑA PARA UNA ASOCIACIÓN SOBRE COOPERACIÓN TRIANGULAR Y SUS NOTAS COMPLEMENTARIAS

Núm. 132.- Santiago, 21 de abril de 2010.- Vistos: Los artículos 32, Nº 15, y 54, Nº 1), inciso cuarto, de la Constitución Política de la República.

Considerando:

Que con fecha 20 de octubre de 2009, la República de Chile y el Reino de España suscribieron, en Madrid, el Memorándum de Entendimiento para una Asociación sobre Cooperación Triangular, y con fechas 9 de marzo y 13 de abril de 2010, sus Notas Complementarias.

Que dicho Memorándum de Entendimiento fue adoptado en el marco del Tratado General de Cooperación y Amistad entre la República de Chile y el Reino de España, suscrito el 19 de octubre de 1990, y publicado en el Diario Oficial de 22 de noviembre de 1991.

Que de conformidad con lo estipulado en las Notas Complementarias, este Acuerdo entró en vigor el 20 de octubre de 2009.

Decreto:

Artículo único

Promúlganse el Memorándum de Entendimiento para una Asociación sobre Cooperación Triangular entre la República de Chile y el Reino de España, suscrito en Madrid, el 20 de octubre de 2009, y sus Notas Complementarias intercambiadas en la misma ciudad, con fechas 9 de marzo y 13 de abril de 2010; cúmplase y publíquense copias autorizadas de sus textos en el Diario Oficial.

Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República de Chile.- Alfredo Moreno Charme, Ministro de Relaciones Exteriores.

Lo que transcribo a US. para su conocimiento.- Roberto Araos Sánchez, Consejero, Director General Administrativo (S).

MEMORÁNDUM DE ENTENDIMIENTO ENTRE LA REPÚBLICA DE CHILE Y EL REINO DE ESPAÑA PARA UNA ASOCIACIÓN SOBRE COOPERACIÓN TRIANGULAR

La República de Chile, representada por la Directora Ejecutiva de la Agencia de Cooperación Internacional de Chile (AGCI), Embajadora Cristina Lazo Vergara.

Y

El Reino de España, representado por la Secretaria de Estado de Cooperación Internacional, Dª Soraya Rodríguez Ramos.

Considerando:

Que las relaciones de cooperación entre Chile y España se enmarcan en el Tratado General de Cooperación y Amistad entre el Reino de España y la República de Chile, firmado el 19 de octubre de 1990.

El Acuerdo Interinstitucional entre la Agencia de Cooperación Internacional de Chile (AGCI) y la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID) para un Nuevo Marco de Cooperación Internacional, celebrado en Madrid el 20 de octubre de 2009.

Que el nivel alcanzado por Chile en las últimas décadas respecto al logro de los Objetivos de Desarrollo del Milenio, en el horizonte del año 2015, es un hecho que hace necesario el establecimiento de un nuevo marco de colaboración, con un modelo de relación entre países socios para el desarrollo.

Que Chile y España comparten los compromisos frente a los Objetivos de Desarrollo del Milenio, la defensa y promoción de los derechos humanos y el fortalecimiento de las instituciones democráticas.

Que Chile y España observarán, en lo pertinente, las orientaciones de cooperación para el desarrollo derivadas del Programa de Acción de la Declaración de Accra, Ghana, de septiembre de 2008, teniendo en cuenta que Chile no constituyó un país participante de la Conferencia de Accra en el marco de la UNCTAD.

Que entre los compromisos asumidos en el Acuerdo Interinstitucional para un Nuevo Marco de Cooperación figura la decisión de intensificar la relación de asociación entre las respectivas Agencias de Cooperación, con el común objetivo de trabajar en pro del desarrollo de la Región de América Latina y el Caribe y sus potencialidades en el marco de la Cooperación Sur-Sur y la Cooperación Triangular que ambos países pueden impulsar hacia terceros países de menor desarrollo relativo en aquélla.

Que Chile y España tienen interés en impulsar y fortalecer los procesos de Integración Regional.

Que en la V Reunión de la Comisión Mixta Chileno-Española de Cooperación, celebrada el 27 de julio de 2006, las delegaciones acordaron "identificar las demandas que, atendiendo los problemas más urgentes de cada país, y que correspondan a las prioridades de España y a las capacidades de Chile, con objeto de llevar a cabo, de un modo coordinado, la implementación de experiencias de Cooperación Triangular".

Que la Cooperación Triangular ya se ha iniciado con el diseño y la formulación de un proyecto de cooperación triangular con la República del Paraguay.

Acuerdan lo siguiente:

Primero

Mediante la firma del presente Instrumento, las Partes acuerdan a fortalecer la cooperación técnica entre Chile y España, así como a promover el desarrollo de acciones conjuntas entre ambos Estados en beneficio de terceros países de menor desarrollo relativo.

Para el cumplimiento del citado objetivo las Partes contemplan la ejecución de un Programa de Cooperación con dos líneas de trabajo: 1) el apoyo institucional a la Agencia de Cooperación Internacional de Chile, y 2) la realización de proyectos conjuntos en favor de terceros países de la Región de América Latina y el Caribe, bajo la modalidad de Cooperación Triangular.

En el caso de que se considere conveniente ampliar esta modalidad de cooperación hacia otras...

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