La enseñanza del derecho en Inglaterra - vLex Chile

La enseñanza del derecho en Inglaterra

AutorH. H. A. Cooper
Páginas67-87
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Diezensayossobreel “Common law
la enseÑanza Del DereCHo en inGlaTerra
Toda consideración de la educación jurídica en Inglaterra tiene que partir
del hecho singular de que las Universidades no tienen y nunca han tenido
responsabilidad en la formación profesional del abogado. Indudablemente
el hecho más sorprendente para aquellos que han recibido sus títulos bajo
otros regímenes educativos es que uno puede recibirse de profesional sin
haber sido, previamente, universitario. Es cierto que este fenómeno ha tenido
un efecto importante en la formación, no solamente de la profesión inglesa,
sino de la ley misma. Existen observaciones interesantes sobre los méritos
de una educación universitaria, por lo menos desde la época de Coke1, y en
la literatura del siglo pasado se encuentran discusiones, entre partidarios
de dicha preparación, tanto en los Estados Unidos de Norteamérica
como en la cuna del “CommonLaw, Inglaterra2. Y se ve que el gran debate
continúa hasta nuestros días, sin resolverse y sin adición a sus dogmas. Sin
embargo, ha habido cambios notables, aun en el presente siglo: el que lea
los pronunciamientos de los educadores y profesionales inuyentes de hace
cincuenta años, puede percibir el progreso3. Vivimos en una época en que el
espíritu reformador ha iniciado una de sus giras periódicas por los corredores
polvorientos de la ley. Parece este un momento propicio para hacer una gira
semejante, notando los mejoramientos y dándose cuenta de lo que va a captar
la atención de los reformistas, a su vez, cuando lleguen a los dominios de las
escuelas de Derecho.
Por muchos años hubo en Inglaterra solamente dos Universidades, la
de Oxford, fundada en 1167 y la de Cambridge, fundada en 1209. Estos dos
antiguos centros de erudición con todas sus peculiaridades estructurales y
gubernamentales4, dominaban el mundo académico inglés hasta la fundación
en 1832 y 1836 de las Universidades de Durham y Londres. Luego, a nes
del siglo pasado se fundaron las Universidades de Manchester, Liverpool,
1 Sir Edward Coke mismo se sentía orgulloso de haber recibido su educación en la
Universidad de Cambridge. Véase el prefacio de “Coke upon Littleton”.
2 El título de la conferencia inaugural del Profesor Dicey, al asumir en 1883 su alto cargo
como “Vinerian Professor” en la Universidad de Oxford, fue “¿Se puede enseñar el
derecho inglés en las Universidades?”. Véase también, “The use of Law Schools”, un
discurso pronunciado por Judge Oliver Wendell Holmes en la Universidad de Harvard
en 1886. Collected Legal Papers, págs. 33/48.
3 Véase por ejemplo, “The present state of legal education in England”, Harold Hazeltine,
Law Quarterly Review, Vol. 26, enero 1910, pág. 17, comparándolo con “English legal
training”, Gower, 13 Modern Law Review, (1950), pág. 137.
4 Véase “A history of English Law”, Holdsworth, Vol. I, págs. 165/176.
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HigHness AntHony Cooper
Leeds, Shefeld y Birmingham. El proceso de crear nuevas instituciones de
la educación superior en la categoría de Universidad ha continuado hasta
el presente, junto con la conversión de otros “colegios”, dándole el título
de Universidad cuando su importancia y la extensión de su enseñanza lo
han merecido5. Esta expansión Universitaria ha hecho que la Gran Bretaña
ya cuenta con treinta y dos Universidades bien establecidas y este número
va a aumentarse hasta cuarenta y cinco en esta década. Originalmente los
“colegios” provinciales que se convirtieron en Universidades preparaban a
sus estudiantes para dar los exámenes de la Universidad de Londres. Se ve
en esto un importante privilegio que distingue la Universidad de los demás
centros de educación superior, es decir, que la Universidad está facultada
para otorgar sus propios títulos. Aunque las Universidades no son estatales,
su creación, salvo en el caso de Oxford y Cambridge, se debe al Estado, del
cual todas reciben cerca del 70% de sus ingresos anuales, además de una
subvención de 90% de sus gastos capitales6. Este dinero es distribuido por
la University Grants Committee” y el control del Gobierno Central se reduce
al mínimo, dejando a las Universidades un alto grado de autonomía tanto
en su administración como en la enseñanza. La Universidad de Londres es la
más grande de las Universidades inglesas, con 28.000 estudiantes y las demás
Universidades de las provincias cuentan, en promedio, con 5.000 cada una.
Los cursos ofrecidos por cada una de las Universidades varían en mucho
y aunque los grados que optan sus respectivos alumnos son denominados
de igual modo, por ejemplo, Bachiller en Artes, Bachiller en Ciencias etc., el
contenido de los estudios necesarios para optar tal título y el nivel intelectual
exigido, son muy distintos. En algunas Universidades el Derecho forma sólo
una parte de la materia estudiada para optar el grado académico; se da este
caso, particularmente, en las Universidades de Oxford y Cambridge respecto a
sus grados de Bachiller en Artes. Además sólo dieciocho de las Universidades
existentes cuentan con facultades o escuelas de derecho, aunque otras tienen
profesores de Derecho asociados con otras facultades.
No hay escuelas de Derecho en el sentido en que esta expresión es empleada
en los Estados Unidos de Norteamérica7. En general el estudiante que quiere
estudiar Derecho no necesita más que los requisitos básicos exigidos por la
Universidad de su elección. El estudiante inglés se matricula a los 18 o 19
años de edad, comparado con el estudiante norteamericano quien ingresa
en su escuela de derecho a los 22 años de edad después de haber estudiado
en un colegio de estudios superiores que le habría otorgado un grado de
Bachiller, usualmente Bachiller en Artes8. A una supercial observación,
5 Véase “Datos breves sobre Gran Bretaña: Las Universidades” R. 4735|C|5|SP.
6 Véase “Commonwealth Universities Yearbook” 1965/1966, págs. 1216/1218.
7 Véase “Academic preparation for the practice of the law” R. E. Megarry, Journal of Legal
Education, Vol. 14, núm. 1, (1961) a pág. 23.
8 Véase “Report on German legal education”, Burke Shartel, Journal of Legal Education,
Vol. 14, N° 4, pág. 432. En la Unión Soviética el estudiante empieza sus estudios jurídicos
a los 23 años de edad. Véase “Legal Education and the Role of the Lawyer in the Soviet
Union and the Countries of Eastern Europe”, G. M. Razi, California Law Review, Vol. 48,
1960, pág. 787. Pero Véase también, nota 7, a pág. 795.

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