Decisión nº C943-15, de Consejo de Transparencia de 12 de Mayo de 2015 - Doctrina Administrativa - VLEX 576801290

Decisión nº C943-15, de Consejo de Transparencia de 12 de Mayo de 2015

Fecha de Resolución12 de Mayo de 2015
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaBienes Públicos

DECISIÓN AMPARO ROL C943-15

Entidad pública: Ministerio de Hacienda.

Requirente: Enrique del Campo de la Rosa.

Ingreso Consejo: 04.05.2015.

En sesión ordinaria N° 616 de su Consejo Directivo, celebrada el 12 de mayo de 2015, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C943-15.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) Que, con fecha 18 de febrero de 2015, don Luis Javier Blas Agüeros y don Patricio Schüller Donoso, ambos en representación del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria de Chile, en adelante BBVA, requirieron del Ministerio de Bienes Nacionales un pronunciamiento respecto de si el Estado ejercerá o no su derecho preferente de compra sobre el inmueble ubicado en Moneda N° 1096 y calle La Bolsa N° 87, de la comuna de Santiago, perteneciente a su representado. Lo anterior, por la calidad de Monumento Nacional en su categoría de Monumento Histórico de dicho inmueble. En la aludida presentación, destacaron que, con fechas 14 de octubre de 2014 y 15 de enero de 2015, habían requerido el mismo pronunciamiento del Consejo de Monumentos Nacionales y que, con fecha 3 de febrero de 2015, este último órgano les informó que, a través de Ord. CMN N° 243/2015, se derivó el requerimiento al Ministerio de Bienes Nacionales.

2) Que, con fecha 4 de mayo, don Enrique del Campo de la Rosa dedujo amparo a su derecho de acceso a la información pública en contra del Ministerio de Hacienda, fundado en la ausencia de respuesta a su presentación y solicitando a este Consejo que requiera formalmente al Ministerio de Bienes Nacionales para que informe el estado actual del pronunciamiento del Fisco respecto de si tiene interés en adquirir el inmueble ubicado en calle Moneda N° 1096 y calle La Bolsa N° 87 y si...

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