Decreto núm. 204, publicado el 01 de Abril de 2010. OTORGA CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN DE ENERGÍA GEOTÉRMICA A LA EMPRESA HOT ROCK CHILE S.A. EN EL ÁREA DENOMINADA 'SANTA ANTONIA', UBICADA EN LA REGIÓN DEL BÍO BÍO, PROVINCIA DEL BÍO BÍO, COMUNAS DE SANTA BÁRBARA Y ALTO BÍO BÍO, EN VIRTUD DE LA LEY Nº 19.657 - MINISTERIO DE MINERÍA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 469848050

Decreto núm. 204, publicado el 01 de Abril de 2010. OTORGA CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN DE ENERGÍA GEOTÉRMICA A LA EMPRESA HOT ROCK CHILE S.A. EN EL ÁREA DENOMINADA 'SANTA ANTONIA', UBICADA EN LA REGIÓN DEL BÍO BÍO, PROVINCIA DEL BÍO BÍO, COMUNAS DE SANTA BÁRBARA Y ALTO BÍO BÍO, EN VIRTUD DE LA LEY Nº 19.657

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE MINERÍA
Rango de LeyDecreto

OTORGA CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN DE ENERGÍA GEOTÉRMICA A LA EMPRESA HOT ROCK CHILE S.A. EN EL ÁREA DENOMINADA "SANTA ANTONIA", UBICADA EN LA REGIÓN DEL BÍO BÍO, PROVINCIA DEL BÍO BÍO, COMUNAS DE SANTA BÁRBARA Y ALTO BÍO BÍO, EN VIRTUD DE LA LEY Nº 19.657

Núm. 204.- Santiago, 7 de diciembre de 2009.- Visto: Lo dispuesto en la ley Nº 19.657, sobre Concesiones de Energía Geotérmica y su Reglamento, aprobado mediante decreto supremo Nº 32, de 22 de abril de 2004, modificado por el decreto supremo Nº 224, de 4 de diciembre de 2008, ambos del Ministerio de Minería; lo dispuesto en el decreto supremo Nº 142, de 28 de abril de 2000, del Ministerio de Minería, que Identifica Fuentes Probables de Energía Geotérmica, y su modificación, dispuesta por decreto supremo Nº 78, de 14 de marzo de 2001, del Ministerio de Minería; la solicitud de concesión de exploración de energía geotérmica, presentada con fecha 29 de agosto de 2008 por la empresa Hot Rock Chile S.A.; las publicaciones realizadas en conformidad al artículo 13 de la ley Nº 19.657; lo solicitado al Servicio Nacional de Geología y Minería mediante oficio Nº 1.206, de fecha 9 de septiembre de 2008, del Ministerio de Minería, y su respuesta remitida a través del oficio Nº 1.432, de 7 de octubre de 2008; la aclaración presentada por Hot Rock Chile S.A. el día 4 de noviembre de 2008; los oficios ord. números 1.605, 1.606, 1.607, 1.608, 1.609, 1.610 y 1.611, todos de fecha 7 de noviembre de 2008, del Ministerio de Minería; el oficio público RR.EE. DIFROL Nº F-1.407, de fecha 20 de noviembre de 2008, de la Directora Nacional de Fronteras y Límites del Estado; el oficio ord. Nº 1.267, de 17 de diciembre de 2008, de la Ministra de Agricultura; el oficio ord. Nº 790, de 23 de diciembre de 2008, de la Directora Ejecutiva de la Corporación Nacional Forestal (CONAF); el oficio ord. Gabm. Nº 104, de fecha 2 de febrero de 2009, del Ministro (S) de Bienes Nacionales; el oficio ord. Nº 366, de fecha 13 de marzo de 2009, del Director Regional de Aguas de la Región del Bío Bío; el oficio reservado EMDN.DAE.DAC.(R) Nº 6.800/2.108/SD, de fecha 23 de marzo de 2009, del Jefe del Estado Mayor de la Defensa Nacional; el oficio ord. Nº 346, del 20 de julio de 2009, del Director Nacional de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena (CONADI); lo solicitado a la Comisión Nacional de Energía, mediante oficio Nº 1.036, del 7 de octubre de 2009, del Ministerio de Minería, y su respuesta remitida a través del oficio ord. Nº 1.260, de fecha 27 de noviembre de 2009; el Acta del Comité de Análisis de Energía Geotérmica, de fecha 30 de noviembre de 2009; el decreto supremo Nº 131, de 26 de diciembre de 2002, del Ministerio de Minería, que faculta al Ministro de Minería a firmar "Por orden del Presidente de la República" en materia de Concesiones de Energía Geotérmica; y la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y

Considerando:

  1. Que en virtud de lo dispuesto en los artículos 10 y siguientes de la ley Nº 19.657, la empresa Hot Rock Chile S.A. presentó al Ministerio de Minería, con fecha 29 de agosto de 2008, una solicitud de concesión de exploración de energía geotérmica, denominada "Santa Antonia", ubicada en las comunas de Santa Bárbara y Alto Bío Bío, Provincia y Región del Bío Bío, sobre una superficie total de 43.200 hectáreas, con un largo de 24.000 metros y un ancho de 18.000 metros, delimitada por el paralelogramo rectangular de vértices V1, V2, V3 y V4, cuyas coordenadas UTM, referidas al Datum WGS84, Huso 19S, expresadas en metros, son las siguientes:

    Vértice UTM

    Norte Este

    1 5.833.000 279.000

    2 5.833.000 297.000

    3 5.809.000 297.000

    4 5.809.000 279.000

  2. Que un extracto de la solicitud indicada en el considerando anterior fue publicado en el Diario Oficial el día 1 de septiembre de 2008, y también en los diarios "La Nación" y "El Sur" de Concepción los días 16 y 17 de septiembre de 2008, de acuerdo a los antecedentes acompañados por la empresa en su presentación de fecha 30 de octubre de 2008.

  3. Que, de este modo, la empresa Hot Rock Chile S.A. dio cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 13 de la ley Nº 19.657, publicando en la forma y plazos previstos en dicha norma un extracto de la solicitud de concesión de energía geotérmica en el Diario Oficial, en un diario de circulación nacional y un diario regional correspondiente al territorio comprendido en el área solicitada en concesión, y asimismo, dio cumplimiento al artículo 14 del Reglamento para la aplicación de la ley Nº 19.657, al haber acompañado dichas publicaciones oportunamente.

  4. Que el Servicio Nacional de Geología y Minería (SERNAGEOMIN), mediante oficio ord. Nº 1.432, de fecha 7 de octubre de 2008, en respuesta al oficio ord. Nº 1.206, del 9 de septiembre de 2008, del Ministerio de Minería, informó, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 22 de la ley Nº 19.657, respecto de la solicitud que motiva este acto...

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