Decreto 592 - AUTORIZA EMISION DE BONOS DE LA EMPRESA DE TRANSPORTE DE PASAJEROS METRO S.A. Y OTORGA GARANTIA DEL ESTADO
Emisor | MINISTERIO DE HACIENDA |
Rango de Ley | Decreto |
AUTORIZA EMISION DE BONOS DE LA EMPRESA DE TRANSPORTE DE PASAJEROS METRO S.A. Y OTORGA GARANTIA DEL ESTADO
Núm. 592.- Santiago, 11 de mayo de 2005.- Vistos: El artículo 32 número 8 de la Constitución Política de la República de Chile; los artículos 44º, 45º y 46º del D.L. Nº 1.263 de 1975; el artículo 11 de la ley Nº 18.196; los artículos 1º y 2º de la ley Nº 19.847, el Convenio de Programación Nº 2 del 2002 suscrito entre el Comité Sistema de Empresas de la Corporación de Fomento de la Producción y la Empresa de Transporte de Pasajeros Metro S.A. y sus modificaciones,
Decreto:
1.- Autorízase a la Empresa de Transporte de Pasajeros Metro S.A. para emitir bonos en el mercado nacional hasta por un total de 2.800.000 Unidades de Fomento (dos millones ochocientas mil unidades de fomento), de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 1º y 2º de la ley Nº 19.847.
2. La emisión autorizada estará sujeta a las características y condiciones financieras que se señalan:
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Emisor : Empresa de Transporte de
Pasajeros Metro S.A.
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Valores a Emitirse : Bonos al portador en moneda
nacional, denominados en
Unidades de Fomento.
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Monto de la Emisión : Hasta 2.800.000 Unidades de
Fomento (dos millones
ochocientas mil unidades de
fomento) dividida en series
que expresarán la cantidad de
bonos que tendrá cada una y
el valor nominal de los
mismos, de acuerdo a lo que
determine la Empresa emisora.
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Reajuste : La variación de la Unidad de
Fomento.
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Plazo : No inferior a 12 años.
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Período de gracia
para amortización : No inferior a 5 años.
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Amortización de
capital : En cuotas iguales de
amortización, o variable
distribuida hacia el final
del instrumento o en una sola
cuota al vencimiento.
-
Rescate anticipado : No hay rescate anticipado.
-
Tasa de interés : Los bonos devengarán un
interés anual sobre el valor
nominal a la par expresado en
Unidades de Fomento, pagadero
semestral o anualmente según
determine la Empresa emisora,
por semestres vencidos o
anticipados, a una tasa que
no podrá exceder de 4,5%
anual.
-
Plazo de colocación : Hasta el 31 de diciembre de
2005.
-
Garantizador : República de Chile.
3. La Empresa de Transporte de Pasajeros Metro S.A. destinará el monto recaudado de la emisión o emisiones de bonos en Unidad de Fomento autorizada en el punto anterior, a financiar obras civiles, suministros y otros gastos en moneda nacional asociados a la ejecución de Proyectos de...
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