Corte Suprema, 24 de mayo de 2005. Empresa Eléctrica de Talca S.A. con Superintendencia de Electricidad y Combustibles - Núm. 1-2005, Junio 2005 - Revista de Derecho y Jurisprudencia y Gaceta de los Tribunales - Libros y Revistas - VLEX 218101761

Corte Suprema, 24 de mayo de 2005. Empresa Eléctrica de Talca S.A. con Superintendencia de Electricidad y Combustibles

AutorJorge Flisfisch Bronstein
Páginas151-153

Page 151

Se reproduce la sentencia apelada, con excepción de sus considerandos segundo a cuarto, ambos inclusive, que se eliminan.

LA CORTE

Y teniendo en su lugar presente:

  1. ) Que se trajeron los autos en relación para conocer de la apelación entablada contra la sentencia pronunciada por la Corte de Apelaciones de Talca, que rechazó, por considerarla extemporánea, la reclamación interpuesta por la Empresa Eléctrica de Talca S.A. contra la Resolución Exenta Nº 726 de 19 de abril del año 2004. El reclamo fue deducido luego que la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, mediante la Resolución Exenta Nº 1436 desestimara el recurso de reposición deducido por la misma empresa;

  2. ) Que el problema suscitado consiste en determinar si, desechado el recurso de reposición contra una resolución de multa expedida por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, el plazo para reclamar ante la Corte de Apelaciones respectiva se reanuda, considerando sería válido el periodo que ya había transcurrido antes de presentada la reposición, que seguiría computándose hasta completar el de diez días hábiles que establece el artículo 19 de la Ley Nº 18.410, en rela-Page 152ción con el artículo 18-A; o si, por el contrario, comienza a contarse nuevamente, desde la notificación de la resolución denegatoria de la reposición administrativa, entendiéndose por lo tanto perdido el periodo previo a dicha reposición;

  3. ) Que, sin embargo, en el caso preciso de autos, la disyuntiva explicada no es la que debe analizar esta Corte, y que debe llevar a resolver dicha cuestión.

    Efectivamente, mediante Resolución Exenta Nº 726, de 19 de abril del año 2004, la Superintendencia del ramo aplicó una sanción a la empresa reclamante, consistente en multa de 50 Unidades Tributarias Anuales, estimando que incurrió en incumplimiento de los estándares de calidad de suministro que establece el reglamento, además de infracción a los artículos 221 y 246 del D.S. Nº 327.

    Aparece útil anotar que en el numeral 3º de la sección dispositiva de la resolución indicada, se hizo presente que la empresa sancionada podía impugnar dicha actuación interponiendo un recurso de reposición y/o reclamación ante la Corte de Apelaciones que corresponda, en la forma y plazos establecidos en los artículos 18-A y 19 de la Ley Nº 18.410;

  4. ) Que la empresa eléctrica sancionada interpuso recurso de reposición, el que mediante la Resolución Exenta Nº 1436, de 29 de julio último, fue desechado.

    ...

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