Resolucion núm. 4213 EXENTA, el 05 de Julio de 2008. APRUEBA BASES ADMINISTRATIVAS DEL LLAMADO A CONCURSO PÚBLICO PARA PROVEER CUATRO (4) CARGOS DE JEFE DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN REGIONAL, SECRETARÍAS MINISTERIALES DE EDUCACIÓN, REGIONES DE COQUIMBO, DEL MAULE, BÍO BÍO Y LA ARAUCANÍA DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 470287318

Resolucion núm. 4213 EXENTA, el 05 de Julio de 2008. APRUEBA BASES ADMINISTRATIVAS DEL LLAMADO A CONCURSO PÚBLICO PARA PROVEER CUATRO (4) CARGOS DE JEFE DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN REGIONAL, SECRETARÍAS MINISTERIALES DE EDUCACIÓN, REGIONES DE COQUIMBO, DEL MAULE, BÍO BÍO Y LA ARAUCANÍA DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN
Rango de LeyResolución

APRUEBA BASES ADMINISTRATIVAS DEL LLAMADO A CONCURSO PÚBLICO PARA PROVEER CUATRO (4) CARGOS DE JEFE DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN REGIONAL, SECRETARÍAS MINISTERIALES DE EDUCACIÓN, REGIONES DE COQUIMBO, DEL MAULE, BÍO BÍO Y LA ARAUCANÍA DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Núm. 4.213 exenta.- Santiago, 11 de junio de 2008.- Considerando:

Que se encuentran vacante cuatro (4) cargos correspondientes a Jefe del Departamento de Educación Regional, grado 8° EUS, con desempeño en la Secretaría Ministerial de Educación de la Región de Coquimbo, del Maule, Bío Bío y la Araucanía del Ministerio de Educación.

Que por Resolución Nº 7232, de fecha 14 de septiembre de 2007, del Ministerio de Educación se ha declarado parcialmente desierto el "Llamado a concurso interno para proveer el cargo de Jefe del Departamento de Educación Regional para las Secretarías Regionales Ministeriales de Educación de la IV, V, VII, VIII, IX y Región Metropolitana".

Que, para la provisión de los cuatro (4) cargos vacantes, es necesario realizar, de acuerdo con la normativa vigente, un concurso público que garantice un proceso de selección igualitario, objetivo, transparente y de calidad técnica.

Que, con la finalidad de propender al desarrollo eficiente y eficaz del proceso de selección que se requiere, se dispuso la contratación de un servicio de consultoría externa especializada, de conformidad con la normativa vigente, a fin que ésta desarrolle las etapas de evaluación de requisitos, curricular, técnica y psicolaboral, según como se define en las Bases que por este acto se aprueban.

Que, conforme a lo señalado en la letra c) del artículo 8º del D.F.L. Nº 29, de 2004, que fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado del Estatuto Administrativo, en relación con lo dispuesto en el artículo 27º de la Ley Nº 19.882, resulta necesaria la provisión de los cargos señalados mediante concurso público regulado por el Decreto Supremo de Hacienda N° 69/04, que contiene el Reglamento sobre Concursos del Estatuto Administrativo.

Visto: Lo dispuesto en la letra c) del artículo de la Ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo, cuyo Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado fue fijado por el Decreto con Fuerza de Ley Nº 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda; el artículo 27º de la Ley Nº19.882, que regula nueva política de personal a los funcionarios públicos que indica; el Decreto Supremo N° 69, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que contiene el Reglamento sobre Concursos del Estatuto Administrativo; el artículo 2º, letra a) del D.F.L. (Ed.) Nº 4, de junio de 2006; Resolución Exenta Nº 7232, de 2007, del Ministerio de Educación, y la Resolución Nº 520/96, de la Contraloría General de la República, y sus modificaciones, de 1996.

Resuelvo:

Artículo único

Apruébanse las Bases Administrativas y Anexos del Concurso Público para proveer cuatro (4) cargos de Jefe del Departamento de Educación Regional, grado 8° EUS, con desempeño en la Secretaría Ministerial de Educación de las Regiones de Coquimbo, del Maule, Bío Bío y la Araucanía del Ministerio de Educación, cuyo texto es el siguiente:

BASES ADMINISTRATIVAS LLAMADO A CONCURSO PÚBLICO CUATRO (4) CARGOS DE JEFE DE DEPARTAMENTO DE LA PLANTA DE DIRECTIVOS AFECTOS AL ARTÍCULO 8° DE LA LEY N° 18.834 (TERCER NIVEL JERÁRQUICO) FUNCIÓN: JEFE DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN REGIONAL SECRETARÍAS MINISTERIALES DE EDUCACIÓN, REGIÓN DE COQUIMBO, DEL MAULE, BÍO BÍO Y LA ARAUCANÍA, MINISTERIO DE EDUCACIÓN 2008

El Ministerio de Educación requiere proveer cuatro (4) cargos de Jefe de Departamento de la Planta de Directivos afectos al artículo 8º de la Ley Nº 18.834, en Calidad Jurídica de Titular, Grado 8º E.U.S., para desempeñarse como Jefe del Departamento de Educación Regional, en la Secretaría Ministerial de Educación de las Regiones de Coquimbo, del Maule, Bío Bío y la Araucanía, ubicadas en las siguientes direcciones:

NOTA: VER DIARIO OFICIAL DE 05.07.2008, PAGINA 23

El proceso de selección definido es un procedimiento de etapas sucesivas, en que cada etapa contempla un mecanismo de aprobación para acceder a la siguiente, y estará regido por lo indicado en el Decreto con Fuerza de Ley Nº 29, del Ministerio de Hacienda, que fijó el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo y en el Decreto Supremo de Hacienda Nº 69, de 2004, que contiene el Reglamento sobre Concursos del Estatuto Administrativo.

  1. - POSTULANTES:

    El Ministerio de Educación invita a presentar sus antecedentes al siguiente llamado a concurso público a los profesionales, que acrediten Título Profesional en el área de la Educación, de las Ciencias Sociales, o afín, que hayan desarrollado parte importante de su carrera laboral en el ámbito de la educación, con experiencia en asesoría, investigación educativa o gestión educacional, que deseen integrarse a la Secretaría Ministerial de Educación de la regiones de Coquimbo, del Maule, Bío Bío y la Araucanía y que reúnan los requisitos solicitados.

    Con la finalidad de resguardar la confidencialidad de la información y la transparencia del proceso, todos los postulantes serán identificados a través del número de RUT.

  2. - CARACTERÍSTICAS DEL CARGO:

    NOTA: VER DIARIO OFICIAL DE 05.07.2008, PAGINA 23

    Funciones

    * Dirigir y gestionar el Departamento de Educación de la Secretaría Regional Ministerial de Educación respectiva en lo referido al diagnóstico y desarrollo del sistema escolar en la región, la contextualización de las políticas y estrategias nacionales de mejoramiento de la calidad y equidad de la educación que el Ministerio ejecuta a través del sistema de supervisión técnica pedagógica.

    * Asesorar y apoyar al nivel provincial en la gestión de su labor, estableciendo relaciones con instituciones de carácter regional, estimadas como recursos pedagógicos, que puedan aportar a las políticas de mejoramiento educativo, asumiendo aquellas tareas derivadas de la implementación de la política e iniciativas ministeriales y de la aplicación y cumplimiento de la normativa educacional.

    * Coordinar la labor de planificación, seguimiento y la evaluación regional de la supervisión, en vinculación con los respectivos procesos específicos de cada provincia, así como de la administración regional de la política educacional y de los diversos programas e iniciativas de mejoramiento de la educación.

  3. - REQUISITOS DE POSTULACIÓN:

    3.1. Requisitos Generales:

    Los postulantes deberán cumplir con los Requisitos Generales establecidos en el Artículo 12º del DFL Nº 29 /04 del Ministerio de Hacienda, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley 18.834/89 sobre Estatuto Administrativo, esto es:

    1. Ser ciudadano.

    2. Haber cumplido con la Ley de Reclutamiento y Movilización, cuando fuere procedente.

    3. Tener salud compatible con el desempeño del cargo.

    4. Haber aprobado la educación básica y poseer el nivel educacional o título profesional que por la naturaleza del empleo exija la ley.

    5. No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente, o por medida disciplinaria, salvo que haya transcurrido más de cinco (5) años desde la fecha de expiración de funciones.

    6. No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse condenado o procesado por crimen o simple delito.

      Sin perjuicio de lo anterior, los postulantes no podrán estar afectos a alguna de las inhabilidades e incompatibilidades previstas en los artículos 54° y 56° de la Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, Ley N° 18.575, cuyo texto fue refundido, coordinado y sistematizado por el DFL Nº1/19.653, esto es:

      * Tener vigentes o suscribir, por sí o por terceros,

      contratos o cauciones ascendientes a 200 UTM o más con el Ministerio de Educación.

      * Tener litigios pendientes con el Ministerio de

      Educación, a menos que se refieran al ejercicio de derechos propios, de su cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive.

      * Ser director, administrador, representante o socio

      titular del 10% o más de los derechos de...

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