Editorial
Autor | Gabriela Burdiles Perucci |
Cargo | Abogada, Pontificia Universidad Católica de Chile |
Páginas | 11-13 |
REVISTA JUSTICIA AMBIENTAL
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EDITORIAL
A TRES AÑOS DE LA
“NUEVA JUSTICIA AMBIENTAL”
Gabriela Burdiles Perucci
Abogada, Pontificia Universidad Católica de Chile.
Magíster en Estudios Internacionales, Universidad de Chile.
Msc © en Derechos Humanos,
The London School of Economics and Political Sciencie.
Directora de Proyectos ONG FIMA.
Como uno de los pilares fundamentales de la denominada justicia ambiental, se sitúa
el acceso igualitario a procedimientos jurisdiccionales y administrativos expeditos para la
resolución de los conflictos ambientales. De este modo, el acceso a la justicia en materia
ambiental implica que todos los ciudadanos, sin distinción de ningún tipo, puedan recurrir
a árbitros imparciales e independientes para proteger sus derechos ambientales, como son
el derecho a obtener información de relevancia ambiental, participar de las decisiones con
impactos ambientales y ser compensados o protegidos de todo daño ambiental sufrido.
A tres años de la entrada en vigencia de la Ley 20.600, que creó los Tribunales
Ambientales, diversas acciones han sido resueltas a través de procedimientos especiales
más expeditos y concentrados en casos como demandas por daño ambiental, dictación de
normas de calidad ambiental, o por la no consideración de observaciones ciudadanas en la
calificación ambiental de proyectos, entre otras materias. A través de ellos, ya es posible
apreciar en la jurisprudencia tanto del Tribunal como de la Corte Suprema, la emergencia
de ciertos criterios de interpretación que sin duda tendrán implicancias en lo sucesivo, para
el acceso a la justicia en materia ambiental.
A estos desarrollos se refieren gran parte de las contribuciones de este número. Así,
en su artículo, Paula Gajardo Matthews analiza el concepto de “interesado” como requisito
de la legitimación activa de los intervinientes en diferentes acciones de la Ley 19.300 y
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