Donaciones efectuadas, con beneficio tributario, a la celebración de la conferencia internacional COP25, en diciembre de 2019 - Núm. 77, Noviembre 2019 - Manual ejecutivo tributario - Libros y Revistas - VLEX 845552807

Donaciones efectuadas, con beneficio tributario, a la celebración de la conferencia internacional COP25, en diciembre de 2019

AutorGabriel Alvarado V
CargoDirector Responsable. Contador Auditor
Páginas21-28
21
RENTAS DE PROFESIONALES Y OCUPACIÓN LUCRATIVA
NOTICIA IMPORTANTE
DONACIONES EFECTUADAS, CON BENEFICIO TRIBUTARIO, A LA
CELEBRACIÓN DE LA CONFERENCIA INTERNACIONAL COP25, EN DICIEMBRE
DE 2019.
Como es de conocimiento público en Diciembre de este año 2019, se realizará en
nuestro país “La Conferencia de las partes de la Convención Marco de las Naciones
Unidas sobre el Cambio Climático”, denominada “COP25”.
Para ello el Gobierno aprobó la Ley N° 21.157, publicada en el Diario Ocial de
24.04.2019 con el objeto de buscar el nanciamiento de este magno evento, a través
de otorgar franquicias tributarias por las donaciones que efectúe cualquier institución,
entidad o persona en dinero, bienes y/o servicios a la Fundación Imagen de Chile,
cuya personalidad jurídica fue concedida por decreto N° Ex. 1.787, de 8 de mayo
de 2009, del Ministerio de Justicia, que es la entidad encargada de la organización
y ejecución de esta Conferencia, que podrá rebajar dichas donaciones como gasto
tributario, conforme a lo dispuesto en la Ley de la Renta, siempre que la donación
se encuentre relacionada con la Conferencia COP 25.
Las donaciones efectuadas conforme a esta ley no se considerarán para el cálculo
ni estarán sujetas al límite global absoluto establecido en el artículo 10 de la ley
N° 19.885. La deducción como gasto de las donaciones señaladas se realizará en
el ejercicio en que se efectúe la donación. Para estos efectos, las donaciones se
acreditarán con el certicado de donaciones que deberá emitir la Fundación Imagen
de Chile, en la forma que determine el Servicio de Impuestos Internos mediante
resolución.
Los detalles del benecio tributario están en la Ley N° 21.157 de 2019 y en la
Resolución N° EX. 75, de 12.06.2019 (D.O. de 19.06.2019) del Servicio de Impuestos
Internos sobre el modelo de Certicado que debe emitir la Fundación, documentos
que se transcriben.
1.- MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE
LEY NÚM. 21.157, PUBLICADA EN EL D.O. DE 24 DE ABRIL DE 2019.
ESTABLECE EL FINANCIAMIENTO, REGULA LA EJECUCIÓN Y DICTA OTRAS
NORMAS PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA CONFERENCIA INTERNACIONAL
PARA EL CAMBIO CLIMÁTICO DENOMINADA COP 25
Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
“Artículo 1.- Autorízase a la Fundación Imagen de Chile, cuya personalidad jurídica
fue concedida por decreto exento N° 1.787, de 8 de mayo de 2009, del Ministerio de
Justicia, en adelante “la Fundación”, para llevar a cabo la organización y ejecución de
la Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre
Cambio Climático, en adelante “COP 25”, a realizarse en Chile, y de las actividades
preparatorias que sean necesarias para su materialización.

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