Cómo se dividen las deudas hereditarias entre los herederos - Décima parte. Del pago de las deudas hereditarias y testamentarias y del beneficio de separación - Derecho Sucesorio. Tomo II - Libros y Revistas - VLEX 326633443

Cómo se dividen las deudas hereditarias entre los herederos

AutorManuel Somarriva U.
Páginas659-668
659
CAPÍTULO I
CÓMO SE DIVIDEN LAS DEUDAS
HEREDITARIAS ENTRE LOS HEREDEROS
829. Las deudas hereditarias se dividen entre los herederos de pleno dere-
cho y a prorrata de los derechos de cada cual. En conformidad al
artículo 1354, “las deudas hereditarias se dividen entre los herede-
ros a prorrata de sus cuotas”. El inciso segundo del precepto acla-
ra la idea con un ejemplo: “así el heredero del tercio no es obligado
a pagar sino el tercio de las deudas hereditarias”.
De modo que, en principio, las deudas hereditarias se dividen
entre los herederos de pleno derecho, ipso jure, por el solo falle-
cimiento del causante y a prorrata de las cuotas de cada cual.
Existe, pues, una marcada diferencia, que ya hiciéramos no-
tar en otra oportunidad, entre la división del activo y del pasivo
del causante. El pasivo se divide de pleno derecho; en cambio,
en lo relativo al activo, se forma una comunidad entre los here-
deros respecto de los distintos elementos que forman aquél,
indivisión que será necesario partir en la forma que acabamos
de ver.
En cambio, las deudas hereditarias se dividen de pleno dere-
cho y a prorrata de las cuotas de cada cual. Por ejemplo, el testa-
dor llamó a su herencia por partes iguales a Pedro, Juan y Diego;
existe un acreedor hereditario por $ 300. Este deberá cobrar a
cada uno de los herederos –Pedro, Juan y Diego– $ 100.
Este principio, enunciado en el artículo 1354, tiene una serie
de consecuencias y de excepciones, que estudiaremos en los nú-
meros siguientes.
830. Consecuencias del hecho de que las deudas se dividan a prorrata.
Enunciación. El principio establecido en el artículo 1354 de que las
deudas hereditarias se dividen de pleno derecho y a prorrata de

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