Discusión II: Deberes de la sociedad conyugal. ¿Es indisoluble el matrimonio de los paganos infieles? - vLex Chile

Discusión II: Deberes de la sociedad conyugal. ¿Es indisoluble el matrimonio de los paganos infieles?

Páginas241-272
241
ElEmEntosdEdErEchonaturalydEgEntEs
dIsCUsIón II
dEbEREsdELAsOCIEdAdCOnyUgAL.
¿EsIndIsOLUbLEELMAtRIMOnIOdELOsPAgAnOsInfIELEs?
§ I
PREMIsAs
1. Puesto que el n buscado por Dios creador de reparar con nuevas
generaciones los estragos de la muerte, no puede lograrse sino con la
unión del hombre y de la mujer, este convenio social es lícito y hones-
to mientras se haga para procrear y proporcionar habitantes al cielo.
«La patria te agradece que le des a ella y al pueblo un nuevo ciudada-
no con tal que a este ciudadano lo hagas útil para la patria, útil para
su suelo, útil en la guerra así como en la paz. Pues todo depende de
las lecciones y de los principios de moral que sabrás inculcarle.» (Juv.,
Sat., XIV, v. 70.) El n del matrimonio obliga a los cónyuges a realizar
todo lo necesario para la procreación y la educación, y a abstenerse
de todo lo que es contrario a aquéllo. Entre el raptor y la mujer roba-
da son nulas las nupcias, salvo que después consienta libremente la
mujer robada; el dolo, pues, vicia la substancia del pacto. Si el raptor
no ofende a la mujer robada y el n del rapto es conseguir la libertad
de casarse, no es este acto contrario al derecho natural ni al consenti-
miento si no existe otro impedimento. A menudo las vírgenes acep-
tan una violencia que les agrada, no porque no quieran casarse sino
porque no se diga que se precipitaban temeraria y ávidamente en los
brazos de los hombres.
A propósito del rapto de las Sabinas, Pómulo dijo: «Este rapto no
tiene por n la injuria sino el matrimonio. Era esta costumbre muy
antigua entre los griegos y el rapto era un gran honor que se hacía a
las mujeres pedidas en matrimonio.» (Dion. Halic., II, Rom., p. 100.)
También otras naciones consideran más honroso el rapto para una
virgen que su consentimiento espontáneo al pedido que hace el hom-
bre de su mano. Existe una costumbre que a aquélla algo se parece,
entre ciertas tribus de la América meridional: los indios neótos y los
242
CiriaCo Morelli
cristianos negros se resisten a dar su consentimiento y no lo dan sino
cuando muchas veces se los ha pedido el párroco que, en la iglesia,
los casa; esta actitud perturbó mucho a un cura recién nombrado que
ignoraba aquella costumbre que es ridícula puesto que la afectación
y los deseos de los que callaban se pone de relieve por las repetidas
armaciones que contiene la fórmula cómica española usada en aque-
llos casos:
¿No querrás casarte di con Caietano Maiorga?
Digo que sí, y que resí. Bien está: quien calla, otorga.
Si el consentimiento se reere a nupcias futuras, quienes lo dan con-
traen los esponsales; si conciernen nupcias en el presente, quienes lo
dan contraen matrimonio. No signica otra cosa la distinción de los
esponsales que los canonistas hacen con las palabras futuro y presen-
te. Heineccius no admite esta distinción, y sin embargo la aprueba
al rechazarlo. «Los esponsales, dice el canonista Hut, son la promesa
mutua, entre personas hábiles, de un matrimonio futuro. Unos son
para el futuro y quedan bien denidos; otros son para el presente y
constituyen el mismo matrimonio raticado.» (De Sp. et Natr., 9, 1.)
Heineccius había dicho entonces: «Aunque el consentimiento nupcial
de los cónyuges sea completamente necesario, sin embargo porque
no hay sociedad en la cual se pueda consentir en el n y no en los
medios, creemos que el solo consentimiento para el futuro no realiza
las nupcias, pues a ello se opone el derecho natural; y que lo reali-
za el consentimiento presente acerca de la misma comunicación de
los cuerpos.» (Hein., 1. 2, § 29.) ¡Como si de antemano no pudiera
alguien consentir al mismo tiempo en el n y en los medios futuros!
Se necesita, es cierto, el consentimiento respecto de la comunicación
inmediata de los cuerpos, o mejor dicho la misma comunicación, para
que el matrimonio sea consumado; pero según el derecho natural el
matrimonio es válido y perfecto aun con el consentimiento social que
lo precede. Los esponsales futuros constituyen un pacto que hay obli-
gación de cumplir salvo que la oposición de los caracteres o cualquie-
ra otra causa justa, antes oculta, demuestre que es mejor deshacer el
compromiso. Pero cuando Heineccius muerde el derecho romano en
esta cuestión como si desobligara a los esposos ¿habla él a los romanos
o a los efesios?
2. No se necesita de Licurgo para saber que debe contraerse matri-
monio cuando los cuerpos son robustos y la edad y la prudencia de
los cónyuges son sucientes para procrear y educar la descendencia,
proporcionar los alimentos a la esposa y a los hijos y regir sus accio-
nes. ¿Pero quién señalará la edad puesto que no es la misma para
243
ElEmEntosdEdErEchonaturalydEgEntEs
todos la época de la pubertad? Pablo Zachias, médico de Inocencio
X (Zach., l. I, t. I, 9-6, año 38 et l. 4, t. 2, 9-4) piensa que la edad más
favorable para casarse es de treinta años para los hombres y de diez
y ocho para las mujeres. Los curadores doctrinarios de los guaraníes
debían cumplir con la siguiente recomendación: «Los casamientos de
los indios, comúnmente hablando, no se harán hasta que los varo-
nes tengan diecisiete años, y las indias quince, si no hubiere cosa que
obligue a anticipar el sacramento a juicio del superior.» Esta resolu-
ción proviene de que aun adultos los indios son grandes niños y su
inconstancia en el matrimonio es tal, que dentro de su paganismo, se-
gún la opinión general no contraerían matrimonio que fuese perpetuo
y sólido, y también fue tomada aquella resolución para después del
bautismo nada queda de esta mancha (R. Ibáñez, R. J., p. I, art. 3, § 3).
Un censor mordaz critica aquella disposición que reputa contraria al
derecho civil, eclesiástico y natural y dice: «Con que si este (juicio del
superior) no concurre para el caso, y el varón de catorce, y la mujer
de doce años (que es la edad que prescriben nuestras leyes reales y
canónicas, y en países en que se adelanta menos la naturaleza, que
en estos calidísimos) quieren casarse porque lo piden así sus actuales
disposiciones, ¡sobre quien caerán las cópulas ilícitas y otros pecados
que verisímilmente cometan estos infelices.» (Dobrizhofer, Hist. de
Abipon.; p. II, cap. 7.) Pero ninguna ley civil ni canónica prescribe que
el matrimonio se lleve a cabo al principio de la pubertad; cuida sola-
mente que no tenga lugar antes de los doce años para la mujer, y de
los catorce para el varón. En efecto, la ley natural prescribe que no se
contraiga matrimonio antes que los cónyuges sean capaces de cumplir
con los deberes corporales y morales de su estado. También prohíbe
la ley natural que se facilite al prójimo la ocasión de fornicar. Y con las
nupcias prematuras se proporciona también la ocasión del adulterio
porque entre los esposos demasiado jóvenes languidece el amor mari-
tal. Así se originan los adulterios y los divorcios. De lo dicho se puede
inferir lo que hay que pensar de los ancianos y de los eunucos.
Nuestro colega Martín Dobrizhofer relata, acerca de los Abipones y
otros indios meridionales, ciertos hechos que prueban la necesidad de
no contraer matrimonios prematuros: «Los Abipones son más fuertes,
más robustos, más enérgicos que los otros indios. Esto sucede, así lo
creemos, porque los últimos se casan demasiado jóvenes. Los prime-
ros al contrario, es decir los Abipones, no piensan en el matrimonio
sino cuando tienen cerca de treinta años, y eligen mujeres que tengan
cuatro lustros, salvo escasas excepciones. Filósofos y médicos arman
que esto contribuye mucho para conservar la fuerza, para dar la vida
y procrear una descendencia muy robusta. ¿Por qué los antiguos ger-
manos eran tan fuertes, tan sanos y vivían tanto tiempo? Tácito al di-
sertar sobre estas cosas nos contesta que esto se debe a la unión tardía

Para continuar leyendo

Comienza Gratis

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR