Directrices para los autores y nómina de árbitros - Núm. 13-2, Octubre 2020 - Revista de Estudios Ius Novum - Libros y Revistas - VLEX 868258266

Directrices para los autores y nómina de árbitros

Páginas2-16
ISSN 0718-5510 [Impresa] / 2452-4263 [En línea]
Revista de Estudios Ius Novum, vol. 13 n° 2, 2020
DIRECTRICES PARA AUTORES/AS
El primer envío de los trabajos deberá necesariamente ceñirse a estas normas de redacción y
referencia bibliográfica que se describen enseguida. En caso contrario, el Editor de la Revista
podrá devolver el trabajo a su autor en función de que lo ajuste, o bien, disponer que el trabajo
aceptado a publicación sea reconducido a tales normas, lo que siempre implica riesgos de errores,
que los autores evitarán si previamente se adaptan a ellas.
I. Instrucciones generales sobre los trabajos
1. El autor del trabajo debe ser un estudiante de Derecho o haber egresado de una Escuela de
Derecho dentro de los dos años anteriores al inicio de la convocatoria actual. El manuscrito no
debe haber sido publicado previamente, ni debe haber sido enviado con anterioridad a otra
revista.
2. Los trabajos deben ser enviados por correo electrónico a revistaiusnovum@gmail.com, con
asunto "envio Memoria/Artículo" dependiendo de qué tipo de escrito se trate.
Nota: El archivo no debe ir acompañado del nombre del autor (no así el texto del documento).
Para esto, haga clic en "archivo" -> busque "propiedades del archivo"-> vacíe la casilla de
"autor".
3. Los trabajos serán escritos en castellano, en formato Word, digitados a interlineado simple
(1.0), con notas a pie de página, y con espacio entre los párrafos. Todo en tipografía
Garamond, tamaño 12 para el texto y 10 para las notas.
4. Todo trabajo presentado para su publicación deberá estar acompañado de un resumen en
castellano de no más de 500 caracteres (no palabras), con no más de cinco palabras-clave.
Indicará, además, en lo posible, la traducción del título al inglés, y un abstract en el mismo
idioma.
5. Para destacar una palabra u oración del trabajo o de sus citas, se utilizarán letras espaciadas o
expandidas (por 2 puntos).
6. Para la transcripción de textos de fuentes (p. ej.: artículos de un código, ley, decreto o
tratado, o el párrafo de una sentencia, o textos de un autor histórico) se empleará la letra
cursiva e irá entre comillas. Si se transcriben textos de autores contemporáneos que no pueden
considerarse propiamente fuentes, no se usará la cursiva y sólo se entrecomillará el texto
citado.
7. Se abstendrán de subrayar textos, utilizar negritas o añadir viñetas u otros adornos. Los
autores tendrán presente que todo elemento no requerido según estas "Normas de Redacción"
ha de ser eliminado.
8. Se tenderá a dividir los artículos en secciones numeradas con romanos con rúbrica centradas
y separadas del cuerpo de su discurso (I. II. III., etcétera). Éste podrá ser nuevamente
subdividido en parágrafos señalados con números arábigos, seguidos de punto [l. 2. 3.,
etcétera], con o sin rúbricas. Si las llevan, ellas no irán centradas y se escribirán en cursivas.
Cuando se apliquen nuevas subdivisiones en el interior de los parágrafos, cada una de ellas será
señalada mediante letras con paréntesis sólo final [a) b) c), etcétera]. Por ningún motivo se
recurrirá al método de numeración del tipo: 1.1.1 1.1.2 1.1.3, etcétera. Para enumeraciones en
el interior del discurso, se usarán números romanos minúsculos seguidos de paréntesis sólo
final [i) ii) iii), etcétera]. Se recomienda no subdividir excesivamente el trabajo, y se considera
normal y aceptable una división de tres niveles.

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