Directiva N°06 de Dirección de Compras y Contratación Pública, 19 de enero de 2007 - Normativa - VLEX 912682099

Directiva N°06 de Dirección de Compras y Contratación Pública, 19 de enero de 2007

Número de Directiva06
Año2007
Fecha19 Enero 2007
Directivas de Contratación Pública – Plan Anual de Compras
Monjitas 392 8º piso, Santiago, Chile - CP 832-0113 - Fono: (56-2) 290 4400 - Fax: (56-2) 290 4458
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Santiago, enero de 2007.
DIRECTIVA DE CONTRATACION PÚBLICA N° 6
PLAN ANUAL DE COMPRAS
Las Directivas de Contratación son orientaciones a tener presente en las distintas etapas de los
procesos de compras y contrataciones, con el objeto dar cumplimiento a la normativa vigente en la
materia y a las políticas de Gobierno.
Particularmente, con el propósito de fortalecer la transparencia y eficiencia de la gestión de
abastecimiento de los organismos públicos sujetos de la Ley 19.886 de Compras Públicas, en
relación con la obligación de elaborar y evaluar periódicamente un Plan de Compras y
Contrataciones, la Dirección de Compras y Contratación Pública ha fijado las siguientes
Directivas:
1. Usar el plan de compras como un instrumento de gestión institucional. La
planificación de compras es un proceso en que los clientes internos de la organización
especifican sus requerimientos para un periodo dado. Su objetivo es organizar la
provisión de los insumos necesarios para cumplir con las normas y objetivos
institucionales. Una vez identificada esta información, este instrumento debe permitir
reportar agregadamente la distribución de los procesos de compra y contratación que
realizará la institución durante el transcurso del año, ajustados a los recursos
disponibles, ya sean presupuestarios como profesionales.
2. Definir responsable y procedimientos para implementar y monitorear el plan de
compras. La institución debe designar un responsable para asumir la tarea de
elaboración, monitoreo y evaluación del Plan Anual de Compras. Tentativamente la Unidad
de administración o Abastecimiento debiera ser responsable de esta tarea. A su vez, es
preciso instaurar vía resolución u otro acto formal un procedimiento para la ejecución del
Plan. Este deberá ser comunicado a todos los integrantes de la organización, con el objeto
de facilitar el entendimiento y colaboración por parte de todas las unidades en la entrega
de información de calidad, sustento fundamental para la elaboración del Plan. El
procedimiento a definir debe identificar al menos: Flujo de solicitud de información y
consolidación; Información a utilizar (registros históricos de consumo; nuevos proyectos,
proyecciones, entre otros); formularios, medios de recopilación y actualización de
información; presupuesto disponible.
3. Involucrar a todas las unidades de la organización en la elaboración del Plan. Es una
mejor práctica que la identificación de requerimientos se realice en aquellas unidades
usuarias de estos insumos, sin perjuicio de su posterior aprobación o ajuste a las políticas
y prioridades institucionales. Solicitar un plan de compras por unidad permite contar con
información precisa respecto a cantidades, plazos y especificaciones requeridas, lo que

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