El dilema del artículo 19 N° 8 inciso 2 - Núm. 18-1, Enero 2011 - Revista de Derecho Universidad Católica del Norte - Libros y Revistas - VLEX 452522250

El dilema del artículo 19 N° 8 inciso 2

AutorMatías Guiloff Titiun
CargoAbogado, Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales, Universidad Diego Portales (Chile)
Páginas147-169
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EL DILEMA DEL ARTÍCULO 19 Nº 8 INCISO 2*
MATÍAS GUILOFF TITIUN **
RESUMEN: El presente artículo indaga y presenta una tesis acerca del
sentido del artículo 19 8 inciso 2 de la Constitución. La postura que
de ende es distinta a la que hasta el momento ha sido sostenida por la
doctrina; la aludida disposición busca proteger el derecho a vivir en un
medio ambiente libre de contaminación, pero sin dejar de proteger a los
derechos de contenido económico de las restricciones que se puedan esta-
blecer en la legislación para proteger el medio ambiente, cuestión que in-
cide negativamente en la efectividad del primer derecho. La tesis se funda
en la ideología que inspira la regulación de actividades económicas en el
texto constitucional de 1980, en el rol de las reserva de ley y, por último,
en los efectos de la exigencia de especi cidad sobre la legislación.
PALABRAS CLAVE : Derecho a vivir en un medio ambiente libre de
contaminación – restricciones a derechos fundamentales – constitución
económica – especi cidad – reserva de ley.
THE DILEMMA OF ARTICLE 19 Nº 8 SECTION 2
ABSTRACT: is article researches and presents a thesis about the
sense of article 19 Nº 8 section 2 of the Constitution. It stands in a
di erent side to what has usually been sustained by the doctrine.  is
article seeks to protect the right to live in an unpolluted environment,
continuing to protect the rights of economical content of the restrictions
that might be established by the legislation to protect the environment,
matter that negatively a ects the e ectiveness of the rst right. e thesis
is founded in the ideology that inspires the regulation of economical
* El pre sente artíc ulo se enmarca de ntro del proyecto se milla “Proces o legislativ o en m ateria
de medio ambiente y recurso s na turales”,  nanciado por la Universi dad Diego Portales.
Agradezco la colaboraci ón de Consue lo Novoa y de Sebastián Arr iagada en la realización de
esta in vestigación y los comenta rios de Domi nique Hervé, José Francisco García, Luis Cor-
dero, Rodol fo Figueroa y Doming o Lovera.
Fecha de r ecepción: 15 de n oviembre de 2010.
Fecha de a ceptación: 8 de marzo de 2011.
** Abogado, Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales, Universidad D iego Portales (C),
LL.M. Columbia University (E U). Investigador del P rograma de Derecho y
Política Ambiental, Facul tad de Derecho, Universidad Di ego Portales (C ). Correo el ec-
trónico: m guilo @gmail. com
Revista de D erecho
Universidad Ca tólica del Norte
Sección: Est udios
Año 18 - Nº 1, 2011
pp. 147-169
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Matías Guilo Titiun
R  D  U C   N - A 18 Nº 1 (2011)
activities in the Constitution of 1980, in the role of the law reserve, and
lastly, in the e ects of the speci city requirements about legislation.
KEY WORDS : Righ t to liv e in an unpol luted enviro nment
restrictions to fundamental rights economic constitution – speci city
law reserve.
No es muy común que dentro de la misma regulación de un derecho
fundamental, las Constituciones dispongan de una regla que establezca
directrices para el desarrollo legislativo de ese derecho. Lo que sí suele
suceder es que contemplen reglas que distribuyen competencias normati-
vas entre el Legislador y la Administración para la regulación del mismo.
La Constitución Política de 1980 hace ambas cosas. Lo llamativo es que,
cuando lo realiza, lo hace no solo para la protección del mismo derecho,
sino que de otros.
Esto ocurre en la regulación del derecho a vivir en un medio am-
biente libre de contaminación. En efecto, en una clara regla orientada
al Legislador el artículo 19 Nº 8 inciso segundo dispone: “La ley podrá
establecer restricciones especí cas al ejercicio de determinados derechos
o libertades para proteger el medio ambiente”. ¿Qué explica semejante
disposición? ¿Cuáles son sus fundamentos? El presente artículo argumen-
tará que la regulación del medio ambiente en la Constitución de 1980 no
escapó del in ujo de la ideología neoliberal que inspiró la regulación de
actividades económicas en la carta fundamental.
Como más adelante se verá en detalle, la escasa doctrina existente en
la materia –dejando de lado toda aquella que considera esta disposición
redundante, dado el tenor de la cláusula general de limitaciones estable-
cida en el artículo 19 26– ha visto aquna norma cuyo objeto es la
protección del medio ambiente. Esta investigación arguye que la situa-
ción, si bien no es la contraria, es distinta: el objetivo de esta disposición
es proteger el medio ambiente, haciendo de este un título que justi que el
establecimiento de restricciones a otros derechos, pero no hasta el punto
de dejar de dar protección a los derechos contenidos en la denominada
Constitución Económica de las restricciones que el Legislador establezca
para la protección del medio ambiente, cuestión que en de nitiva, según
se argumentará, incide en la efectividad de este Derecho. Este resultado
no es casual; es perfectamente consistente con la ideología que subyace a
la Constitución en materia de intervención del Estado sobre la economía.
Naturalmente, esta disposición no incide solamente en el proceso le-
gislativo, en cuanto además de un estándar sustantivo con que el proceso
legislativo debe cumplir, establece una reserva. De ahí que también incida
decisivamente sobre la regulación administrativa, excluyendo que esta es-
tablezca por sí misma limitaciones para la protección del medio ambiente,

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