Dictamen nº 2510 de Contraloría General de la República, de 11 de Enero de 2013 - Doctrina Administrativa - VLEX 436523942

Dictamen nº 2510 de Contraloría General de la República, de 11 de Enero de 2013

N° 2.510\tFecha: 11-I-2013

La Contraloría Regional de Los Lagos ha remitido una presentación que ante ella efectuara doña Luz Angélica Mansilla Soto, ex docente de la Municipalidad de Maullín, quien solicita la reconsideración del oficio N° 2.406, de 2012, de esa Sede Regional, que concluyó que no le asiste el derecho a percibir el bono previsto en la ley N° 20.305, por cuanto no cumplió con el requisito de cesar en funciones dentro del término exigido al efecto en dicho texto legal.

Sobre el particular, es pertinente anotar que de la documentación tenida a la vista aparece que la interesada solicitó el beneficio que reclama el 17 de mayo de 2011 y que con fecha 31 de octubre de 2012, data en que la recurrente contaba con 61 años de edad, el antedicho municipio aceptó la renuncia voluntaria que formulara para acogerse a la bonificación contemplada en el artículo noveno transitorio de la ley N° 20.501, la que le fue pagada en ese mismo acto.

Al respecto, cabe señalar que la citada ley N° 20.305 establece, en su artículo 1°, un bono de naturaleza laboral de $50.000.- mensuales, para el personal que a la fecha de entrada en vigencia de esa ley, se encuentre en alguna de las situaciones que allí se consignan.

Luego, su artículo 2° dispone los requisitos de procedencia del aludido beneficio, entre los cuales se cuenta, en su numeral 5, cesar en el cargo o terminar el contrato de trabajo en las instituciones que se mencionan en el artículo 1° de la misma ley, por las causales que allí se indican, dentro de los doce meses siguientes de cumplir 65 años tratándose de los hombres y 60 años en el caso de las mujeres.

En razón de lo anterior, la peticionaria no habría tenido derecho a acceder al bono impetrado, toda vez que cesó en funciones fuera del término a que se refiere el párrafo precedente, tal como lo concluye el oficio impugnado.

Sin perjuicio de ello, corresponde señalar que la ley N° 20.636 modificó la mencionada ley N° 20.305, disponiendo, en su artículo segundo transitorio, que los profesionales de la educación que hayan sido o sean beneficiarios de la bonificación por retiro voluntario establecida en el artículo noveno transitorio de la ley N° 20.501, tendrán un plazo especial de noventa días para postular al bono regulado en la ley N° 20.305, ante sus ex empleadores o empleadores, según sea el caso, no siendo aplicables a su respecto los plazos de doce meses contemplados en los artículos 2°, número 5, y 3° de esta última ley.

Añade que, para...

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