Dictamen nº 21810 de Contraloría General de la República, de 11 de Abril de 2013 - Doctrina Administrativa - VLEX 431825606

Dictamen nº 21810 de Contraloría General de la República, de 11 de Abril de 2013

N° 21.810 Fecha:11-IV-2013

Se han dirigido a esta Contraloría General los señores Miguel Gaete De la Fuente y Rogelio Isla Rivera, presidente y secretario general, respectivamente, de la Federación de Asociaciones de Asistentes de la Educación Municipal de la Octava Región, solicitando la reconsideración del oficio N° 10.605, de 2012, de la Sede Regional del Biobío, que atendiendo una reclamación de los peticionarios en contra de la medida adoptada por la Municipalidad de Trehuaco que dispuso el término de la relación laboral de la señora Susana Alvarado Barros, por aplicación de la causal establecida en el artículo 161 del Código de Trabajo, resolvió que no le compete pronunciarse respecto de ello, puesto que se trata de un asunto de mérito, que por su naturaleza queda comprendido dentro de las facultades de la autoridad edilicia.

Los recurrentes sostienen, que para que resulte procedente la aplicación de la referida medida, es necesario fundamentarla, acorde con lo señalado por la jurisprudencia de la Corte Suprema. Además, expresan que la Municipalidad de Trehuaco dispuso la contratación de nuevos trabajadores, para desempeñar las funciones que cumplía la señora Alvarado Barros.

Requerido informe al municipio, este manifestó, que compete al alcalde ponderar la procedencia de la causal necesidades de la empresa para poner fin al contrato de trabajo de un servidor, de conformidad con el criterio contenido en el oficio N° 10.605, de 2012, emitido por la aludida Contraloría Regional.

En consecuencia, atendido que la situación de la especie ha...

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